15 enero 2025

La figura del personal interino

vlex_trieniosLos funcionarios interinos comparten casi todas las características con los funcionarios de carrera, exceptuando la permanencia, la más codiciada. A menudo se les selecciona mediante oposición o concurso-oposición, y deben reunir los mismos requisitos que los funcionarios de carrera; sin embargo, cuando su presencia ya no es necesaria, pierden su puesto y su condición de funcionario.

Como vemos, la figura del funcionario interino es una rareza en el empleo público: mientras que en el imaginario popular todos los funcionarios gozan de un empleo estable y permanente, los interinos disfrutan de la misma precariedad que el resto de los trabajadores del país.

Sin embargo, parece ser que las últimas medidas legislativas han ido destinadas a acabar con la precariedad de estos puestos de trabajo: el Real Decreto Legislativo 5/2015 incide en los trienios reconocidos al personal interino, tal y como podemos ver en este extracto:

Artículo 25. Retribuciones de los funcionarios interinos.

  1. Los funcionarios interinos percibirán las retribuciones básicas y las pagas extraordinarias correspondientes al Subgrupo o Grupo de adscripción, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo. Percibirán asimismo las retribuciones complementarias a que se refieren los apartados b), c) y d) del artículo 24 y las correspondientes a la categoría de entrada en el cuerpo o escala en el que se le nombre.
  2. Se reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de la entrada en vigor del presente Estatuto que tendrán efectos retributivos únicamente a partir de la entrada en vigor del mismo.

Hasta el momento, el colectivo de los funcionarios interinos le ha salido más barato al Estado que el funcionariado de carrera. Sabiendo esto no es de extrañar que algunos Ayuntamientos han preferido tener en sus plantillas a personal interino, exento de cobrar trienios y siempre con la posibilidad del cese de contrato. Esta misma situación han dado lugar a interinos que han cubierto la misma plaza durante décadas: mantener una plaza cubierta con un interino es una práctica habitual, propiciada en unos casos por las circunstancias físicas del municipio, forzada en otros.

Al fin, gracias a este nuevo Real Decreto Ley, los funcionarios interinos disfrutarán de un sueldo más acorde a sus tareas y experiencia, consiguiendo así una opción laboral más digna y menos precaria.

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