15 enero 2025

Historia de cómo el uso de las redes sociales por jóvenes acaba en el juzgado

Dos jóvenes de 18 años, J.D.R. y B.M.R., han sido absueltos por el Juzgado Penal Número 2 de Huelva de los delitos de los que eran acusados tras la instrucción realizada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Aracena: abuso sexual, amenazas, coacciones, tenencia y distribución de pornografía, contra la integridad moral y utilización de menor para fines pornográficos.

De alguna manera ha acabado para ambos, salvo que haya recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Huelva, la grave situación en la que se han visto involucrados por el uso que en la actualidad se realiza por los jóvenes de las redes sociales.

Los dos jóvenes, según consta en el auto, conocieron a dos menores de edad –hecho que según consta en la sentencia desconocían, o al menos no ha quedado constancia de lo contrario– a través de un grupo de whatsapp, entablando poco después una relación más personal, en la que además de distintos mensajes se intercambiaron fotografías, algunas de tipo erótico.

En la sentencia, el juez entiende que, además de que no queda probado que los dos jóvenes supieran que las dos niñas eran menores, tampoco se puede deducir de las conversaciones que hubiera coacción ni amenazas y sí una relación normal de dos jóvenes que se consideran novios o pareja. Según la sentencia, «desconocían la edad de las menores, no proponían encuentro para delinquir ni contra la libertad ni contra la indemnidad sexual y no amenazan con causar mal constitutivo de delito».

La relación siempre fue virtual y el problema surgió cuando uno de los dos jóvenes, tras romper con una de las niñas, distribuyó algunas fotografías de la menor y animó a su difusión.

La sentencia entiende, con arreglo al código penal y distinta jurisprudencia, que las fotos que se distribuyeron no se pueden considerar pornográficas, aunque sí eróticas, indicando que «la imagen de un desnudo no puede considerarse objetivamente material pornográfico». En este caso concreto, el desnudo en una fotografía de la menor era de perfil y en ninguna de las fotos se aprecian los órganos genitales.

 

 

 

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