La Asociación de Armadores de Punta del Moral ha denunciado el apresamiento por parte de las autoridades lusas, el pasado 15 de enero, de la embarcación Lozano Abreu en la entrada del Puerto de Ayamonte. El barco ha sido liberado tras el pago de una fianza de 12.000 euros.
Según explica la asociación en una nota de prensa, al pesquero se le obligó «a navegar hasta el puerto de Olhao, quedando preso a expensas del depósito de una fianza y siéndole retenida todas las especies de marisco como la gamba, la cigala, el alistado, produciéndose su venta y beneficiando al estado portugués. Esta situación se produce en contra de la postura de la administración española que defiende que la embarcación si podía capturar todas estas especies por tener cuota española aunque pesque en Portugal».
Según explica Alonso Abreu Lozano, presidente de la Asociación de Armadores de Punta del Moral, «la situación jurídica actual es que la flota de arrastre de aguas de Portugal, compuesta por 7 barcos, no conoce cuales son las especies que pueden capturar y cuáles no ya que, aunque ha requerido a la Secretaría de Pesca Española que emita esta información y que la traslade a sus homónimos portugueses, no se ha producido tal comunicación y la indefinición legal es total, estando la flota pescando».
La valoración que realiza de la situación es que «consideramos una irresponsabilidad por parte de las Administraciones la falta de coordinación e información hacia el sector pesquero, planteándonos reclamar todos aquellos perjuicios que se han producido y los que puedan producirse en el futuro mas inmediato».
La Asociación de Armadores de Punta del Moral representa a la flota de arrastre de fondo con licencia de pesca en aguas de Portugal, flota esta que viene pescando initerumpidamente en Portugal durante los últimos 10 años bajo el amparo del acuerdo de pesca Hispano-luso.
El acuerdo de pesca Hispano-Luso tuvo vigencia hasta finales de 2017, emplazándose ambas administraciones a la firma de un nuevo acuerdo y enviándose mutuamente una carta donde se expresaba que consideraban de aplicación el anterior acuerdo hasta la firma del nuevo, cartas estas que no son suficientes para producir los efectos legales del anterior acuerdo .