3 enero 2025
Alájar.

Cárcel para una norteamericana por construcción ilegal en Alájar

Una ciudadana norteamericana ha sido condenada por el juzgado de instrucción número 1 de Aracena a una pena de 18 meses de prisión, con inhabilitación especial para el sufragio pasivo por el tiempo de la condena; así como a una multa de doce meses con una cuota diaria de cinco euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de 1 día de privación de libertad por cada 2 cuotas impagadas en caso de impago por insolvencia; así como inhabilitación especial por 1 año para oficio de promotor-constructor, por haber cometido un delito contra la ordenación del territorio en el término municipal de Alájar. La sentencia ha sido alcanzada de conformidad entre las partes.

La ciudadana norteamericana no deberá entrar en prisión al ser la condena inferior a dos años y aunque la sentencia recoge que debe proceder al derribo de la vivienda, también se dice que dicho derribo no se llevará a afecto si finalmente se logra un acuerdo entre las administraciones competentes y en el plazo de 5 años de regulariza su situación urbanística.

Según se recoge en los hechos de la sentencia, la acusada, AS, mayor de edad nacida en EEUU el 31-01-1975 y sin antecedentes penales, venía llevando a cabo, en calidad de promotora/constructora, la edificación de una vivienda de 13,40 metros de fachada por 7 de lateral-fondo y 5 de altura en la finca sita en la Parcela 53 del Polígono 18 del término municipal de Alajar; la finca de 183 m2, la adquirió en escritura pública el 14-02-2013, haciéndose constar la existencia de edificación en ruina de más de 50 años, quedando en pie paredes y restos de chimenea.

Esta edificación se encuentra situada en suelo no urbanizable de especial protección por estar enclavada dentro del Parque Natural de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche, por lo que la acusada no solicitó para construir-rehabilitar, licencia municipal ni autorización de la Dirección del Parque Natural, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Las obras, iniciadas en 2013, estaban muy avanzadas en abril y terminadas al menos exteriormente en julio 2017 y se han realizado para vivienda habitual de la denunciada y sus hijos menores en una finca sin actividad agrícola ni ganadera, incompatible con la legislación protectora del Parque aprobada por el Decreto 210/2003 de 15 de Julio (PORN y PRUG).

Para la construcción se ha utilizado gran parte de adobe y paja lo que supone grave riesgo de incendio. El coste de demolición y restauración del lugar ha sido tasado en 78.552,42 €.

Las obras no son legalizables por incumplir además las NNSS PROVINCIALES (BOJA 20-08-1985), no poder considerarse rehabilitación y no existir en la finca explotación agrícola o ganadera.

Actualmente por el Ayuntamiento y la Consejería se trabaja en la redacción del nuevo PGOU con la posibilidad futura de legalizar lo construido como «habitat rural diseminado» al amparo del Decreto 2/2012.

De conformidad con el art. 319.3 en relación con el art. 110.2º y 112 CP procede acordar la demolición de la construcción reseñada en la conclusión primera a cargo de la acusada y previa elaboración por la misma de un proyecto técnico que con licencia del Ayuntamiento y el VB de la Dirección del Parque Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, garantice la restauración total del espacio natural afectado. No procederá, sin embargo, dicha demolición si en el plazo de 5 años se declara por las administraciones competentes su legalización expresa.

De no realizar la demolición preceptiva, las ejecutará la Administración a su costa, embargándole bienes suficientes para asumir su coste 78.552,42 €.

 

 

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