La Audiencia Provincial ha condenado a penas de entre 14 años y seis meses de cárcel y 25 años y tres meses de prisión a los cuatro acusados de asesinar a un anciano guardés de 78 años en una finca de El Campillo en 2016.
La pena máxima para uno de los acusados es de 25 años y tres meses de cárcel, mientras que dos tendrán que cumplir 24 años y medio de prisión y el cuarto ha sido condenado a 14 años y seis meses de cárcel, al tenerse en cuenta su colaboración con la justicia.
La Audiencia condena al que se considera el cabecilla a 20 años y un día de prisión por un delito de asesinato con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de drogadicción; a cuatro años, tres meses y un día de cárcel por un delito de robo con violencia, con las agravantes de abuso de superioridad y reincidencia y la atenuante de drogadicción; y a un año de cárcel por un delito de robo con fuerza en las cosas con la atenuante de drogadicción.
Otro de los encausados es condenado a veinte años y un día de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de abuso de superioridad y las atenuantes de drogadicción y reparación del daño; a tres años, seis meses y un día de prisión por un delito de robo con violencia con las mismas atenuantes y agravantes, y a un año de cárcel por un delito de robo con fuerza en las cosas con la agravante de reincidencia y la atenuante de drogadicción.
La misma pena de prisión se impone a un tercer acusado, aunque en este caso no aplica la atenuante de reparación del daño, mientras que al último de los encausados le impone once años y seis meses de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de abuso de superioridad y las atenuantes de drogadicción, reparación del daño como muy cualificada y de colaboración con la Justicia; dos años y seis meses de prisión por un delito de robo con violencia con esas mismas agravantes y atenuantes, y a seis meses de cárcel por un delito de robo con fuerza en las cosas con esas tres atenuantes.
De igual modo, impone a los acusados la pena accesoria por tiempo de diez años de privación del derecho a residir o acudir al lugar donde vivan los dos hijos de la víctima, así como la prohibición de comunicarse o aproximarse a los mismos durante el tiempo de la condena. Además, deberán indemnizar conjunta y solidariamente con 90.000 euros a los herederos de la cónyuge del fallecido y en 80.000 euros a cada uno de sus hijos, así como con 254,20 euros por los daños causados en la piscina municipal de El Campillo, donde robaron distintos objetos instantes antes de cometer el asesinato.
A estas cantidades deberán aplicarse las consignaciones ya efectuadas por dos de los acusados por un montante total cercano a los 38.000 euros y a los que, en virtud de ello, se les ha aplicado la atenuante de reparación del daño.
La Audiencia, de otro lado, absuelve a los encausados de los delitos de omisión del deber de socorro y contra la integridad moral que les imputaba la acusación particular ejercida por los hijos del finado porque considera que pueden reputarse subsumidos en la acción definida en el delito de asesinato.