El Ayuntamiento de Aljaraque, en el marco de la orden SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de las actividades de hostelería y restauración, que se espera aplicar en el municipio a partir del 11 de mayo en la llamada ‘Fase 1’, ha anunciado que, cuando así lo disponga el Ministerio de Sanidad, se autorizará la reapertura al público de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración limitándose al cincuenta por ciento las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal.
En un bando publicado por el Consistorio aljaraqueño sobre este asunto, y siendo consciente el mismo del fundamental papel de la hostelería y restauración para la economía de la localidad, se indica que, en todo caso, se deberá asegurar siempre que se mantiene la debida distancia física de, al menos, dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. Asimismo, El Ayuntamiento anuncia que podrá otorgar permiso de modo excepcional, por el tiempo que duren las medidas establecidas por el gobierno, para incrementar la superficie destinada a la terraza y, por tanto, el número de mesas previsto en el apartado anterior, respetando siempre la proporción del cincuenta por ciento entre mesas y superficie disponible y llevando a cabo un incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo plano de la vía pública en el que se ubique la terraza.
Para ello, el titular del establecimiento de hostelería o restauración deberá presentar una solicitud en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, bien físicamente o bien de forma telemática, que deberá acompañar con una propuesta gráfica (plano) de localización y superficie de la terraza que se pretende ocupar con veladores de mesas y sillas.
Si la propuesta supusiera la ocupación del espacio público frente a vivienda o local privado se deberá acompañar también escrito de conformidad de las personas afectadas. En todo caso, como señala el bando municipal, las reuniones en las terrazas de los establecimientos de hostelería o restauración se autorizan sólo hasta un máximo de diez personas por mesa o agrupación de mesas. Las mesas o agrupación de mesas que se utilicen para este fin deberán ser acordes al número de personas permitiendo que siempre se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.