El gobierno portugués ha decretado a partir del 1 de diciembre el ‘estado de calamidad’ para hacer frente al Covid, que permanecerá activo hasta el 20 de marzo, lo que supone nuevos requisitos a tener en cuentra a la hora viajar a Portugal desde España.
Así, según se recoge en la última actualización realizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, las fronteras no se cierran, si bien desde el 1 de diciembre y hasta el 9 de enero, todos los ciudadanos que pretendan entrar en Portugal por la frontera terrestre, deben aportar certificado digital Covid de la Unión Eueopea en cualquiera de las tres modalidades (vacunación, diagnóstico o recuperación).
Sin embargo, si se proviene de un país clasificado de riesgo elevado (rojo o rojo oscuro en la clasificación establecida por la UE, que se actualiza semanalmente: https://reopen.europa.eu/es/) no será suficiente el certificado Covid en modalidad vacunación, por lo que deberá presentar prueba negativa obligatoria emitida por autoridad sanitaria competente:
a) Prueba RT-PCR (o prueba NAAT similar) – 72 horas antes de la entrada a Portugal, o
b) Prueba rápida de antígenos (tipo TRAg) – 48 horas antes de la entrada a Portugal.
No son válidos los auto-tests.
Los niños menores de 12 años no necesitan presentar la prueba.
Los trabajadores transfronterizos que ejerzan actividad profesional regular hasta 30 km. de la frontera y de servicios esenciales (incluidos áreas de transporte) únicamente deben presentar certificado digital Covid de la UE en la modalidad vacunación.
No existen controles fronterizos pero pueden establecerse controles para la comprobación de estas medidas.