30 diciembre 2024
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El SAS tendrá que formalizar los contratos temporales durante la baja maternal

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Huelva ha ganado una sentencia que obliga al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a formalizar con todos sus efectos los contratos eventuales a una profesional de baja por riesgo durante el embarazo y maternidad, a la que sólo se le estaba reconociendo la experiencia laboral. La sentencia condena a la Administración a reconocerle a la profesional los efectos de los contratos aceptados durante la baja en cuanto al alta en la Seguridad Social y antigüedad, que el SAS le estaba negando.

En concreto, SATSE explica que la sentencia, del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Huelva, falla contra la resolución de la Dirección-Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva que desestimaban la reclamación de una enfermera a la que se le denegó el reconocimiento a todos los efectos de los contratos que se le ofertaron por el SAS durante el periodo que estuvo de baja por riesgo durante el embarazo y maternidad.

Así, el fallo judicial detalla cómo la enfermera recurrente durante el periodo de baja laboral  por  riesgo durante el embarazo (17/11/2017 hasta 8/03/2017) y durante la baja por maternidad, iniciada el 18/03/2017, aceptó una serie de contratos que el SAS computó a los efectos de experiencia laboral y a los que negó otros efectos (Cómputo de antigüedad/ trienios y alta en la Seguridad Social) con el argumento de que se trataba de contratos «virtuales», una “ficción jurídica”, tal y como se califica en la sentencia, que al no formalizarse no surten los pretendidos efectos en la medida en que no generaron un vínculo jurídico entre el SAS y la recurrente.

Frente a este posicionamiento de la Administración, la sentencia, basándose en pronunciamientos judiciales previos ganados también por SATSE en Málaga, recuerda a la Administración su obligación de formalizar los contratos ofertados y aceptados durante la baja por riesgo durante el embarazo y maternidad pues, en caso contrario, se está negando a la profesional sus derechos en cuanto a reconocimiento de servicios prestados y alta en la seguridad social, que deben serles reconocidos.

Por tanto, estima el recurso de la enfermera declarando como “no ajustada a derecho” la resolución de la Dirección-Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva y condenando al SAS a reconocer los derechos los correspondientes a los contratos ofertados y aceptados, considerados virtuales por el SAS, pero que debieron de formalizarse oportunamente a salvo por lo referido a la percepción de retribuciones, y siendo reconocidos los efectos correspondientes al alta en Seguridad social y reconocimiento de antigüedad

Discriminación

El Sindicato de Enfermería ha recalcado la importancia de este pronunciamiento para los profesionales que disfruten de su permiso de paternidad o maternidad, lactancia natural o situación de riesgo durante el embarazo, pues la formalización de los nombramientos debe implicar el reconocimiento todos los efectos durante el tiempo del nombramiento que les correspondía, aunque no haya podido hacerse efectiva la prestación del servicio, un derecho que hasta ahora se les venía negando.

SATSE ha lamentado que, una vez más, tengan que los profesionales del SAS  que acudir a los tribunales para el reconocimiento de sus derechos ante la vulneración sistemática por parte de la Administración, en este caso además de especial gravedad al afectar a la maternidad que debería contar con especial protección.

Por eso el Sindicato de Enfermería insta al SAS a dictar las instrucciones necesarias para que los profesionales con permisos por riesgo durante el embarazo y maternidad no tengan que seguir reclamando el reconocimiento de sus derechos en los tribunales. En cualquier caso, SATSE concluye instando a todos sus afiliados o afiliadas que se encuentren en una situación similar a acudir a la asesoría jurídica para que estudiar su caso y recurrir si fuese necesario.

 

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