1 enero 2025
3 años y 8 meses de cárcel por vender cocaína en una casa en Lepe
Imagen de archivo de una incautación de cocaína al 'menudeo'

3 años y 8 meses de cárcel por vender droga en una casa en Lepe

La Sección de Apelación de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de cárcel de 3 años y 8 meses impuesta a F.C.S., vecino de Lepe, por vender droga en su vivienda.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva se hizo pública el 7 junio del pasado año, y en la misma se condenaba a F.C.S como autor de un delito contra la salud pública (art. 368 CP), sin circunstancias
modificativas de la responsabilidad penal, a la pena principal de tres años y ocho meses de prisión.

Por la defensa del condenado se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma, por violación del derecho a la presunción de inocencia, pero el TSJA ha considerado que el fallo de la Audiencia Provincial de Huelva está fundamentado en hechos probados y no se ha violado el derecho a la presunción de inocencia del condenado.

En la sentencia apelada se estimaron como probados los siguientes hechos: “Que el acusado F.C.S., mayor de edad, y sin antecedentes penales a efectos de reincidencia, vino dedicándose al menos desde el mes de abril de 2018 a la venta de estupefacientes (cocaína, heroína y rebujo de heroína y cocaína), desde su domicilio.

Desde fecha no concretada pero anterior al día 6 de abril de 2018, agentes de la Policía Nacional efectuaron vigilancias sobre el referido domicilio pudiendo observar como personas, algunas no residentes en la zona, entraban al domicilio del acusado y salían a los pocos minutos y en otras ocasiones permanecían durante un periodo más extenso en el interior; siendo interceptados algunos de ellos tras su salida del domicilio, teniendo en su poder una dosis de cocaína a N. M. R. el 06.04.18 y a F.J. M. D. el 24.04.18; una dosis de heroína a F. G. S. el 18.04.18; y el 30.04.18, a J.M. M., en un papel de aluminio quemado, restos de heroína-cocaína (rebujo).

Efectuadas dichas comprobaciones e intervenciones se solicitó al Juzgado de Guardia, mandamiento de entrada y registro del domicilio del acusado, siendo denegado por Auto de 4 de mayo de 2018, prosiguiéndose con las vigilancias por parte del Grupo de estupefacientes al citado domicilio que se prolongaron desde el mes de mayo a octubre de 2018, durante las cuales, los agentes interceptaron momentos después de la venta que se producía en el interior del domicilio , a varias personas que habían adquirido las sustancias estupefacientes del acusado.

En concreto, teniendo en su poder una dosis de cocaína en 4 ocasiones a J. C. M., el 16.05.18, a J. M. R. G., el 01.06.18; M. M. S. D. el 04.10.18 y J. C. M. el 15.10.18; siendo interceptados teniendo en su poder una dosis heroína en dos ocasiones, en concreto a J. B. M. el 12.09.18 y a J. M. C., el 20.09.18; siendo interceptados teniendo en su poder una dosis de resina prensada a C. M.  A. V. el 12.09.18 y a J. M. P. G., dosis de rebujo de cocaína-heroína el 23.10.18.

Analizada la droga de las doce aprehensiones, resultó ser:

  • cocaína, con una pureza media entre 91,96% y 76,57% y un peso entre 0,4976g y 0,0547g;
  • heroína, con una pureza de 54,25% y 49,59% y un peso de 0,323g y 0,0489g;
  • rebujo de cocaína-heroína, con una pureza de cocaína del 84,45%, y de 10,73% de pureza de heroína y un peso de 0,2341g;
  • resina prensada con una pureza de 6,02% y peso de 3,89g.

En el mercado ilícito el precio aproximado de una dosis de cocaína alcanza los 18,67€; el caso de la dosis de heroína, 12,17€; el rebujo (mezcla cocaínaheroína), alcanza en el mercado ilícito un precio aproximado de 10€; y la resina prensada, 5,08€; siendo el valor total de lo incautado de 42,34 euros.

Comprobadas esos días las operaciones de venta que se realizaron, los agentes, solicitaron nuevamente mandamiento de entrada y registro del domicilio del acusado, que fue concedido por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Ayamonte, practicándose el mismo el 25 de octubre a las 17:00 horas con la presencia de la letrada de la Administración de Justicia y el acusado, que fue sorprendido por los agentes intervinientes en el momento de entrar a la vivienda, en compañía de un grupo de personas.

En el registro del domicilio del acusado, se ocuparon:

  • un total de 1.088€, repartido en 6 billetes de 50€, 16 de 20€, 25 de 10€, 17 de 5€; 103 monedas de 1 €, 15 de 2€.
  • bolsa con sustancia pulvurulenta color blanco (24,53g); bolsas de plástico con restos de sustancia de color blanco, 0,4g. (lote 1 a 3)
  • Bolsa de plástico con sustancia color tierra (7,03gr.); y otra bolsita con sustancia de forma rocosa color tierra, de 5,17g; (lote 4 y 5)
  • diversos útiles para la preparación y venta de sustancias tales como, balanza de precisión, cajita de madera con recortes de plástico, cajita con recortes de plástico; bolsa con restos polvo blanquecino, bolsa de plástico, restos de polvo blanco, papel de aluminio con restos de sustancia, cuchilla, 2 cuchillos (medidor); soplete de cocina, 2 casos, espátula con restos de sustancias (lotes 6 a 15)
  • una agenda teléfonos con anotaciones de nombres de compradores y cantidades;
  • Dicha sustancia, debidamente analizada resultó ser: – Cocaína con una pureza de 90,38%, 90,09% y 78,25% (lotes 1 a 3)
  • Heroína con una pureza de 57,37% y 56,69€%, (lotes 4 y 5)

El acusado pretendía destinar dichas sustancias al consumo por terceras personas. El dinero encontrado procedía de tal actividad ilícita. Las sustancias incautadas se encuentran incluidas en las listas I y IV de la Convención Única de Estupefacientes de 1961. Un gramo de cocaína alcanza en el mercado ilícito un valor de 59,30 euros; 59€ en el caso de la Heroína; siendo el valor total de lo incautado en la vivienda 2.174 euros.”

 

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