20 noviembre 2024

Intervienen 880 cajetillas de tabaco de contrabando en Huelva

La Guardia Civil ha aprehendido una gran cantidad de cajetillas de tabaco procedente del contrabando, así como diferentes artificios pirotécnicos carentes de documentación.

Los hechos se produjeron cuando la patrulla fiscal de Huelva, dentro de los servicios propios de su especialidad, realizó una inspección en un establecimiento de la localidad. Durante el trascurso de la misma, los agentes localizaron un armario metálico cerrado que disponía de una abertura lateral. Al mirar en su interior, pudieron ver que almacenaba una gran cantidad de cajetillas de tabaco, por lo que solicitaron a una empleada que abriera la puerta, comentando ésta que no tenía las llaves, por lo que los agentes accedieron a las cajetillas por la abertura lateral.

Una vez vaciado el armario se pudo comprobar que las cajetillas carecían de precintas y marcas fiscales, procediendo a su aprehensión y levantando acta por infracción grave de contrabando ante el administrador principal de Aduanas e Impuestos Especiales de Huelva.

En total, se han intervenido 880 cajetillas de tabaco de diferentes marcas procedentes del contrabando.

El contrabando de tabaco perjudica al sector de los estanqueros que ejercen su actividad de forma lícita, por lo que con esta actuación se ha evitado que las mismas lleguen al mercado, eludiendo el pago de los impuestos especiales correspondientes a este tipo de género estancado.

Asimismo, en el almacén fueron hallados 4.500 artificios pirotécnicos F2, proponiendo para sanción al responsable del establecimiento por infracción a la Ley 04/2015 de 30 de marzo sobre protección de la Seguridad Ciudadana al no tener permiso para la venta de estos artefactos.

La Guardia Civil recomienda que la adquisición de estos productos pirotécnicos se realice en los puntos de venta autorizados, conforme la legislación vigente, evitando cualquier tipo de peligro al contar estas instalaciones con las condiciones idóneas para la conservación de estos productos, recordando que está prohibida la venta ambulante de los mismos.

Categorías F1, F2 y F3, y edades

El vigente Reglamento de artículos pirotécnicos recoge, entre otras, las siguientes categorías y edades de uso de los mismos:

F1, o artículos de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser utilizados en zonas delimitadas, para uso por mayores de 12 años.

F2, o artículos de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados en zonas delimitadas, para su uso por mayores de 16 años.

F3, o artículos de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana, para su uso por mayores de 18 años.

Consejos para disfrutar con seguridad

  • No guarde artículos pirotécnicos entre las ropas ni en los bolsillos.
  • No manipule sus componentes, ni extraiga su contenido.
  • Nunca los encienda al lado o cerca de otros artificios.
  • Al utilizarlos en la vía pública no olvide que la calle es de todos y debe hacerlo en los lugares autorizados.
  • Compre los artículos sólo a comerciantes y profesionales autorizados  para ello.
  • Utilícelos en espacios abiertos sin riesgo de incendio y conforme a las instrucciones de uso del fabricante.

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