5 diciembre 2024
Andalucía necesita menos
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El TSJA confirma casi cinco años de cárcel para tres hombres por transportar hachís desde Marruecos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cuatro años y diez meses de prisión impuesta en 2022 por la Audiencia de Huelva para cada uno de los tres hombres detenidos (todos ellos de origen ucraniano) como autores de un delito contra la salud pública por transportar hachís desde Marruecos a Huelva en una narcolancha en la que fueron intervenidos 5.885 kilos de esta droga, cuyo valor estimado en el mercado ilícito era de 11,6 millones de euros.

Asimismo, según recoge la sentencia del TSJA, se acuerda el pago de dos multas de 25 millones de euros y la ejecución de una parte de la pena de prisión de cuatro años y diez meses, correspondiente a tres años de duración, y la sustitución del resto de la ejecución de la pena privativa de libertad por la expulsión de los penados del territorio español, «que llevará consigo también la expulsión del territorio Schengen».

De este modo, se considera probado que desde el mes de abril de 2021 la embarcación, con bandera de la República de Vanuatu, estaba siendo investigada al sospecharse que con ella se realizaban labores de embarcación nodriza en el transporte de droga, realizando travesías de varios días de navegación, hasta llegar a las costas marroquíes «donde realizaría la carga de ingentes cantidades de droga principalmente hachís».

Por ello, en base a las investigaciones realizadas, se instaló un dispositivo electrónico de seguimiento el 7 de abril de 2021. Ese mismo día, sobre las 17.00 horas, la embarcación se hizo a la mar desde Huelva con tres tripulantes tomando rumbo Sur, encendiendo el sistema AIS a su salida de puerto con destino a Casablanca (Marruecos). Al llegar más al sur de Casablanca la embarcación apagó el sistema AIS.

Prosigue la sentencia señalado que el 11 de abril de 2021 la embarcación realizó dos paradas en zonas muy próximas a las costas marroquíes, «por un tiempo significativo a efectos de probable carga del hachís» después intervenido. Entre los días 12 y 13 de abril «tomó rumbo a Ceuta y el 13 de abril, dentro de las aguas españolas próximas a Ceuta, se realizó el abordaje de la embarcación por agentes de la Guardia Civil «identificando allí fardos de hachís agrupados en sacos de estiba blancos».

En el momento de la intervención los agentes detuvieron en el interior de la embarcación a sus tres tripulantes identificados como el patrón de la embarcación, el mecánico, y un marinero y se intervinieron 200 fardos de hachís con un peso neto total de 5.885 kilos con pureza entre 16,9 y el 32,1 y valor estimado en el mercado ilícito de unos 11,6 millones de euros, así como diferentes efectos. Además, como propietaria de la embarcación constaba una finlandesa con legal representante en la ciudad de Riga (Letonia).

Por todo ello, además de la pena de prisión y del pago de las multas, la sala acordó el decomiso y destrucción de la droga intervenida, así como decomiso de los efectos intervenidos pertenecientes a los ya condenados, teléfonos, ordenadores, dispositivos electrónicos, tarjetas telefónicas, documentación y demás efectos.

La sentencia, aunque fue de conformidad, fue recurrida en apelación por la defensa de los condenados al considerar que el tribunal de instancia «incurrió en infracción de precepto legal por no haber acordado la sustitución íntegra de la prisión y del arresto sustitutorio correspondiente a las multas por expulsión del territorio nacional», toda vez que el TSJA ha desestimado este extremo confirmando la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva.

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