La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que condenó a cinco años y siete meses de cárcel a una mujer por lesionar a su pareja y prender fuego a la vivienda en la que convivían en diciembre de 2020 .
Según indica la sentencia, a la que ha tenido acceso HuelvaYa, se considera probado que «encontrándose ambas en el citado domicilio, mantuvieron una discusión en el curso de la cual la procesada golpeó a su pareja con los puños en la cabeza y cuello», cayendo esta al suelo, donde la condenada continuó «dándole patadas en la espalda y tirándole en la frente el teléfono móvil, tras lo que se dirigió a la cocina, momento que aprovecho la agredida para abandonar la vivienda con su perro».
Tras ello, «con ánimo de incendiar la casa, aplicó una llama directa de un mechero y prendió fuego a la cortina del dormitorio de matrimonio que comenzó a arder», así como «a la cortina del salón de la vivienda», de forma que «puso en riesgo de incendio estructural el edificio donde se encuentra ubicada» creando «una situación de peligro para el resto de los vecinos del edificio que fueron desalojados, si bien no se produjeron daños personales».
En este contexto, apunta la decisión judicial que una dotación de la policía Nacional que se encontraba en el lugar, al que había acudido a requerimiento del hermano de la agredida, «al observar que salía humo de la vivienda alertó a los bomberos quienes acudieron a sofocar el incendio que quedó extinguido gracias a su rápida intervención».
Asimismo, como consecuencia de la agresión, la pareja de la condenada «sufrió lesiones que requirieron de una primera asistencia facultativa y que ocasionaron un perjuicio personal básico de siete días», así como que, «como consecuencia de los hechos, padece un trastorno adaptativo con reacción mixta ansioso depresivo».
Por todo ello, la Sección Primera de la Audiencia Provincial condenó a la acusada a cinco años de cárcel como autora responsable de un delito de incendio y a siete meses por un delito de lesiones, además de la pena de prohibición de acercarse a menos de 200 metros y de comunicarse por cualquier medio con la víctima durante cinco años». Además, tendrá que indemnizar a la que era su pareja en la cantidad de 280 euros por las lesiones, 1.466 euros por los daños en la vivienda y 6.000 euros por daños morales.
De este modo, el TSJA ha aceptado «íntegramente» los que como tales se declaran probados en la sentencia de instancia y ha confirmado dicha resolución «en todos sus extremos».