Un jurado popular será el encargado de juzgar finalmente M.Q.S, el hombre acusado del atropello mortal de la periodista gráfica onubense de 36 años Alicia Rodríguez, por homicidio doloso y no por homicidio imprudente, tal y como lo calificó la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva.
Así lo ha señalado la Audiencia Provincial de Huelva en un auto que se ha hecho público este jueves, 11 de enero, después de que tanto la defensa particular como el Ayuntamiento de Huelva y la Junta de Andalucía, personados en la causa, recurrieran la decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer y se celebrara la vista de apelación el pasado mes de noviembre.
Los hechos
Cabe recordar que el suceso tuvo lugar el pasado 12 de junio de 2021, en torno a las 3.30 horas de la madrugada, cuando Alicia Rodríguez fue atropellada en un camino rural, a unos 200 metros del cementerio municipal del municipio jienense de Marmolejo.
Fue el mismo hombre que la atropelló quien llamó a las autoridades y solicitó al Servicio de Emergencias 112 Andalucía una ambulancia porque una mujer había sufrido un accidente. Al llegar, lo que encontraron los servicios sanitarios y los agentes de la Benemérita fue a la mujer presuntamente arrollada por un vehículo y sin vida, por lo que solo pudieron certificar su muerte, cuya naturaleza machista fue confirmada por Delegación del Gobierno de España contra la Violencia de Género dos días después.
El acusado, pareja sentimental de la víctima desde hacía un año y vecino de esta localidad de Jaén, fue llevado en un primer momento como detenido a las dependencias de la Guardia Civil de Marmolejo y trasladado posteriormente a la Comandancia de la Guardia Civil en Jaén capital, donde permaneció detenido hasta ser trasladado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Andújar, que decretó prisión provisional comunicada y sin fianza.
Después, se inhibió al Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, que aceptó la inhibición porque, al tratarse de una causa de violencia de género, se debe tramitar en el partido judicial donde residía la víctima. Este Juzgado ratificó la medida de prisión provisional, aunque fue puesto el libertad provisional un año después.