Cada vez son mayores las dificultades de los pequeños empresarios para sacar adelante un negocio. Más aún si los obstáculos ya no solo vienen de la situación económica actual si no de otros factores menos habituales, como en el caso de esta autónoma onubense.
Tal y como informa la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, tras la reducción de su facturación el cierre de su negocio fue inevitable. Logró liquidar gran parte de la deuda y la pendiente podía asumirla con su prestación. Eso sí, no contaba con la noticia que le llegaría en unos años: debido a unas irregularidades en la presentación del IVA, realizado por la gestoría que tenía, la Agencia Tributaria sancionó duramente a la empresaria.
Fue entonces cuando no podía asumir todo y decidió solicitar ayuda a profesionales y contactó con la Asociación, cuyos abogados le aconsejaron acogerse a un proceso que permitiera quedar libre de deudas definitivamente: la ley de la segunda oportunidad.
“Con el inicio de la Ley de la Segunda Oportunidad iba obtener un beneficio inmediato: un respiro económico, ya que cualquier pago o proceso de embargo quedaba en suspenso hasta que se resolviese el asunto por el juez”, nos explica Pepe Domínguez, letrado de la Asociación. “Posteriormente, además, se aseguraría uno de los dos posibles fines de este trámite: un acuerdo que le rebajara la deuda total hasta una cuantía mensual asumible o la exoneración del 100% de sus créditos”, recalca el letrado.
En el presente caso, se solicitó la apertura de un concurso de acreedores para comprobar si cumple los requisitos legales. Entregó su casa para compensar todo lo que podía de hipoteca y, para el resto, se solicitó el perdón definitivo. “Entregó todo lo que tenía, merece una segunda oportunidad”, apuntan desde la Asociación.
Tras ello, esta ciudadano se libera una carga importante que llevaba consigo, permitiéndole comenzar su segunda etapa empresarial sin deudas que la lastren y optando a nueva financiación si su nuevo emprendimiento lo requiriera.
Concretamente, la sentencia dictada del EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de 66.205 euros. Con esta sentencia los acreedores de la concursada han visto cómo sus créditos han sido cancelados. Ya no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en ficheros de morosos a la ya ex-deudora.
Todas las sentencias logradas son de acceso gratuito en la web.