El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva, con fecha 30 de junio de 2023, que condenó a dos personas a tres años de cárcel y multa económica por crear una trama para dar de alta líneas telefónicas de manera fraudulenta para conseguir terminales de alta gama y revenderlos a terceros.
Según ha indicado el Alto Tribunal andaluz, el TSJA desestima íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa de uno de los condenados y considera probado que los acusados «se aprovecharon de los conocimientos adquiridos por su trabajo en el sector de la telefonía para diversas empresas y de la mecánica de venta y contratación».
Así, uno de ellos facilitaba al otro «números de cuenta corriente de terceras personas ajenas a los hechos, incluso documentos laborales falsos, necesarios para tramitar las altas telefónicas». Una vez tramitadas a las altas, se recogía los terminales telefónicos y se procedía a la reventa de los mismos, «repartiéndose los beneficios económicos entre ambos acusados».
Los terceros, a cuyo nombre se obtenían las altas telefónicas y los terminales, ajenos al actuar fraudulento, recibían facturas con el importe del consumo y el valor de los terminales, siendo reclamados por las compañías el pago de las facturas, incluso empleando sus servicios jurídicos. Así, según la sentencia, al menos se han victo afectadas ocho personas, valorándose los teléfonos adquiridos en más de 20.000 euros.
Se da la circunstancia que uno de los acusados reconoció los hechos desde el primer momento en su declaración en la Comisaría de Policía de Huelva, y ambos ingresaron cierta cantidad como para pago de los perjudicados.
De este modo, la Audiencia Provincial de Huelva condenó a uno de ellos como autor responsable de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa, concurriendo la agravante de reincidencia y la atenuante de reparación del daño, a las penas de dos años de prisión y multa de siete meses con cuota diaria de cinco euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no abonadas, así como al pago de una tercera parte de las costas.
Por otro lado, la Audiencia condenó al otro acusado como autor responsable de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa, concurriendo las atenuantes de reparación del daño y analógica de confesión, a las penas de un año de prisión y multa de cuatro meses con cuota diaria de cinco euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no abonadas, así como al pago de una tercera parte de las costas.