29 noviembre 2024
Andalucía necesita menos
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Empleo convoca otros 1,6 millones en acciones de FP gratuitas para desempleados onubenses

Hasta el 21 de octubre podrán acogerse a estas ayudas aquellas entidades privadas que impartan formación no conducente a certificados de profesionalidad

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha convocado otro nuevo programa de subvenciones para entidades que impartan acciones de Formación Profesional para el Empleo, dirigidas preferentemente a desempleados y gratuitas con 20 millones de euros de presupuesto regional del que se ha destinado un total de 1.612.000 euros para la provincia de Huelva, que permitirán participar a personas en situación de desempleo, accediendo a cursos no conducentes a certificados de profesionalidad de entre un listado con más de 800 especialidades.

Esta convocatoria se une a la publicada en enero, que también estaba dirigida a entidades privadas de formación y contaba con otros 20 millones de euros, aunque en este caso se subvencionaban acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad.

La convocatoria publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (https://lajunta.es/546l8) de estas subvenciones, que son en régimen de concurrencia competitiva, establece que el plazo para presentar las solicitudes se abrió el pasado sábado y se extenderá hasta el 21 de octubre.

Podrán solicitarlas las entidades de formación privadas que dispongan de instalaciones en la comunidad autónoma andaluza, debidamente inscritas en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y en el Registro Estatal de Entidades de Formación, según su modalidad, de cada una de las especialidades formativas solicitadas.  Las entidades solicitantes deberán garantizar que disponen de los recursos humanos adecuados y de los medios materiales necesarios para llevar a cabo la actividad para la que se solicita la subvención.

Novedades

Este año, la Consejería introdujo novedades en las convocatorias dirigidas a entidades privadas que siguen vigentes en la actual edición, como una mejora en el pago a las entidades beneficiarias para que tengan que asumir menos costes de financiación. Si antes se abonaba como anticipo el 50% de la acción formativa, ahora se abonará el pago anticipado del 70% y un 30% al finalizar la acción formativa.

En esta convocatoria se ha conformado el plan formativo, así como la identificación de las especialidades prioritarias y el porcentaje máximo del presupuesto que se asigna a las diferentes agrupaciones de Familias Profesionales. Igualmente, se establece un 70% del presupuesto para agrupaciones de Familias Profesionales cuyas especialidades se han determinado como prioritarias. Las especialidades formativas que pueden acogerse a estas subvenciones están disponibles en el enlace https://lajunta.es/547mf

La justificación de la subvención se realizará a través de módulos y se tramitará, ante el órgano competente, de conformidad con lo establecido en la convocatoria. Las entidades beneficiarias programarán Prácticas Profesionales No Laborales (PPNL), vinculadas a las acciones formativas y relacionadas con su contenido formativo, para las especialidades formativas que así se prevea en el Anexo de dicha convocatoria.

Prioridad para  desempleados inscritos en el SAE

Las acciones formativas irán dirigidas prioritariamente a desempleados no ocupados inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo, pero también podrán participar trabajadores ocupados en un porcentaje máximo del 30% por cada acción formativa, siempre que no haya inscripciones de personas en situación de desempleo que hayan sido admitidas.

Deberán iniciarse en un plazo máximo de dos meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención, y se desarrollarán asimismo en un plazo máximo de doce meses.

La subvención cubrirá costes directos e indirectos, como las retribuciones del personal formador y tutor-formador; los gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas, así como el alquiler o arrendamiento financiero de los mismos; los gastos de medios didácticos, así como los gastos en bienes consumibles utilizados en la realización de las acciones formativas.

Para acceder a más información, así como a los formularios de solicitudes, puede consultarse el enlace https://lajunta.es/547mh

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