7 febrero 2025

El TSJA ratifica cinco años de cárcel por abusar de la hija menor de su pareja

Según recoge la sentencia, el varón aprovechaba que la madre de la víctima, de entre 11 y 12 años, salía a trabajar para "realizar acercamientos a ésta, consistentes en tocamientos"

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva que condena a un hombre a cinco años de cárcel por abuso sexual continuado a una menor, hija de la que entonces era su pareja.

En la sentencia, el alto tribunal desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado y considera probado que entre 2018 y 2019 el varón aprovechaba que la madre de la víctima salía a trabajar para «realizar acercamientos a ésta, que contaba en ese momento entre 11 y 12 años de edad, consistentes en tocamientos» en diferentes partes de su cuerpo, «a los que respondía pidiéndole que cesara o marchándose para evitar que el acusado continuara en su actitud». Un comportamiento que se alargó en el tiempo hasta que la menor expuso la situación a amigos y familiares, quienes lo pusieron en conocimiento de la madre, que rompió la relación con el condenado.

Después de la ruptura, la víctima iba caminando en dirección a la piscina acompañada de otras amigas cuando el acusado pasó con el coche y, «tras intercambiar unas palabras con la menor, se bajó y se dirigió a diciéndole ‘tú te callas, que te pego dos hostias y a ti también’, refiriéndose a una amiga» y, posteriormente, les dijo «os voy a matar» lo que «ocasionó en las menores un estado de ansiedad, siendo asistidas en el centro médico».

Por todo ello, la Audiencia de Huelva condenó a este hombre a cinco años de cárcel y a diez años sin poder realizar actividades o profesiones relacionadas con menores, así como se le prohíbe aproximarse a menos de 200 metros de la persona, domicilio, lugar de estudio y/o trabajo o cualquier otro frecuentado por la menor durante seis años o comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo plazo.

También se le condena a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 6 euros como autor penalmente responsable de dos delitos leves de amenazas, con privación de libertad de un día por cada dos cuotas no satisfechas. Igualmente, deberá indemnizar a la madre de la menor con 6.000 euros por daño moral, además la medida de libertad vigilada durante cinco años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad.

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