La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a una mujer a 18 años de prisión por abusar sexualmente entre 2018 y 2020 de dos menores de edad de los que se encargaba “prácticamente desde su nacimiento”, así como por exhibición de pornografía infantil. La sentencia ha sido ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa.
Según la resolución judicial, a la que ha tenido acceso HuelvaYa, se considera probado que la acusada, aprovechando la situación de convivencia y la confianza derivada del cuidado continuado de los menores —nacidos en 2007—, realizó diversos actos de índole sexual durante ese periodo, llegando incluso a pernoctar en el domicilio familiar durante largos periodos, dado que los progenitores estaban separados y la madre debía atender sus obligaciones laborales.
Abusos reiterados en el ámbito doméstico
La sentencia recoge que, en reiteradas ocasiones entre 2018 y 2020, la condenada, en ausencia de otras personas, conducía a los menores a una habitación de la vivienda donde les instaba a realizarle masajes, llegando a tocarles los genitales y a hacer que le tocaran los pechos. En otra ocasión, desnuda en el baño, habría cogido de las manos a los hermanos para que le tocaran el pecho.
Asimismo, se considera probado que en el verano de 2019, durante una salida nocturna a la playa con la madre de los niños y otras personas, la acusada convenció a los menores para alejarse con el pretexto de buscar palos para una hoguera y, en un lugar apartado, abusó de ellos con acceso carnal, cesando su conducta al advertir la presencia de una persona a lo lejos.
Pornografía infantil y nuevos episodios en 2020
La resolución judicial señala además que a principios de 2020 la acusada volvió a protagonizar nuevos episodios en el domicilio, entrando en la habitación de uno de los menores y realizando tocamientos. Igualmente, entre 2018 y 2020 habría reproducido una película pornográfica en su ordenador portátil para que ambos menores la visualizaran, mientras ella realizaba otras tareas.
En cuanto a su estado psíquico, la sentencia indica que la mujer está diagnosticada de distimia y trastorno de personalidad, si bien conservaba intactas sus capacidades intelectivas y volitivas, sin que conste afectación alguna en el momento de los hechos.
Condena, prohibiciones e indemnización
Por todo ello, se la considera autora penalmente responsable de dos delitos continuados de agresión sexual a menor de 16 años con acceso carnal, imponiéndosele nueve años y un día de prisión por cada delito, lo que suma un total de 18 años de cárcel.
Además, se le impone la inhabilitación especial durante 14 años y un día para cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto regular y directo con menores, la prohibición de aproximarse a los dos hermanos a menos de 300 metros de su domicilio, centro educativo o lugares frecuentados por ellos durante diez años y un día, así como la prohibición de comunicación.
La sentencia establece también una medida de libertad vigilada durante cinco años tras el cumplimiento de la pena de prisión, una multa de 12 meses con cuota diaria de seis euros por cada menor, por dos delitos de exhibición de pornografía infantil, y una indemnización de 20.000 euros para cada uno de los hermanos.


