FACUA Huelva se ha reunido en Valverde del Camino con 30 afectados por el fraude de las participaciones preferentes en el Centro Cultural Católico de la localidad Valverdeña para analizar su problemática y las posibles reclamaciones y denuncias.
Los 30 afectados por este fraude bancario que han asistido a la reunión, en su mayoría clientes de la antigua Cajasol, hicieron numerosas preguntas sobre los trámites a seguir, las ofertas que están recibiendo de canjear por acciones o las posibilidades de recurrir a los tribunales de justicia.
FACUA Huelva respondió a todas y cada una de las preguntas, además de exponer lo que desde la asociación se está haciendo, basado en tres líneas de actuación: 1) La tramitación de las reclamaciones de los afectados ante la figura del defensor del cliente de las entidades bancarias, 2) Escritos ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Ministerio (para que ese tipo de contratos sean considerados nulos)
3) Actos de protestas el día 15 Marzo, en Huelva, en la puerta del Banco Santander, y diversas entrevistas en emisoras de televisión CNH y TV Huelva, y emisoras de radio como Cadena Ser, Onda Cero o Hispanidad
Antonio Romero, en representación de FACUA Huelva, informó sobre lo que hay que hacer en estos casos, que el usuario se considera engañado:
1º Recopilar y comprobar la documentación de la que dispone sobre la inversión contratada (contratos, folletos publicitarios, test de conveniencia, etc.).
2º Formalizar una reclamación para solicitar la nulidad del contrato ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad financiera, sobre la base de la falta de información facilitada sobre este tipo de productos.
3º En el supuesto de que no se obtenga respuesta en un plazo de dos meses o que la respuesta no fuera satisfactoria, podrá presentar una reclamación ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), aportando cuantos contratos y documentos consideren relevantes para acreditar los aspectos planteados.
Por último, agotadas estas vías, FACUA Huelva valorará cada caso con los socios afectados para acudir a los tribunales de justicia si es necesario.
Antes de finalizar la reunión, FACUA Huelva entregó a los asistentes una guía editada por FACUA sobre los productos financieros y un folleto por el que se pueden asociar para que les resulte gratis los trámites vía administrativa, al tiempo que les propuso realizar actos de protestas para que este fraude tenga mayor resonancia en la opinión pública.
ANEXO INFORMATIVO
¿Qué son las Participaciones preferentes?
Diferentes entidades financieras han ofrecido a sus clientes, como alternativa a las imposiciones a plazo fijo u otro tipo de inversión segura, productos financieros complejos y de riesgo, entre ellos, las denominadas participaciones preferentes, aunque también se han comercializado otros tales como deuda subordinada, fondos de inversión libres, opciones sobre divisas, derivados, etc…
La información verbal facilitada al cliente en la contratación de este tipo de producto ha sido en un gran número de casos deficitaria, incompleta y engañosa, vendiendo el producto como una inversión sin riesgo, con la posibilidad de rescate en cualquier momento, sin demora ni pérdidas en sus ingresos o rentabilidades.
Sin embargo, dicho producto, tal y como informa la Comisión Nacional del Mercado de Valores, a través de su página web www.cnmv.es, consiste en “valores emitidos por una sociedad que no confieren participación en su capital ni derecho de voto, tienen carácter perpetuo y su rentabilidad, generalmente de carácter variable, no está garantizada. Se trata de un instrumento complejo y de riesgo elevado que puede generar rentabilidad, pero también pérdidas en el capital invertido”.
Producto complejo y de riesgo
La información sobre las características de este tipo de productos, y fundamentalmente sobre su complejidad, rentabilidad variable e incluso el riesgo de pérdida del capital invertido, no es suministrada con claridad a los pequeños inversores, que los contratan sin conocer el alcance y los requisitos de estas modalidades de inversión. Se produce una clara vulneración de los derechos de los consumidores, tanto los recogidos en la normativa sectorial bancaria como en la de protección de los consumidores y usuarios.
Debido al carácter complejo de estos productos financieros, tras la transposición a la normativa española de la Directiva Europea MIFID, y la entrada en vigor en España de la Ley 47/2007 y el R.D. 217/2008, las entidades bancarias, antes de ofrecer dichos producto a los clientes, deben cumplir con una serie de obligaciones que aseguren que son adecuados a sus conocimientos y experiencia previa, y que son conscientes de la naturaleza y riesgos de los mismos. Por lo tanto, en el supuesto de que no tuvieran dichos conocimientos financieros ni experiencia previa en este tipo de inversiones, no deben ofrecerles este tipo de productos complejos.
Mala práctica bancaria
La principal obligación que tienen las entidades que los comercializan es realizar un test de conveniencia a los usuarios. Dicho test es un requerimiento de la normativa MIFID, que ha de utilizarse para evaluar el conocimiento y experiencia del cliente, o posible cliente, en relación con el producto o servicio de inversión que ofreció o le es demandado. Aparece regulado en los artículos 19.5 y 19.6 de la Directiva 2004/39/CE (desarrollados en los artículos 36 y 37 de la Directiva 2006/73/CE). De esta forma, las entidades deberán pedir al cliente información respecto a su conocimiento y experiencia para poder
analizar si puede entender las características del producto o servicio demandado u ofrecido y el riesgo asociado al mismo.
FACUA Huelva ha comprobado cómo determinadas entidades no han cumplido esta obligación, y que han ofrecido además una información incorrecta sobre este tipo de productos, incluso a sabiendas de que los conocimientos sobre inversión de sus clientes eran mínimos o nulos y no perseguían invertir en productos de riesgo, aprovechándose, en muchos casos, de la relación de confianza existente con sus clientes, omitiendo información y datos esenciales sobre las características de estos productos.
Se tiene constancia de que en numerosos supuestos en los que sí hay test de conveniencia, y su resultado pone en evidencia que el cliente no responde al perfil de inversor de estos productos de riesgo y, a pesar de ello, se le ha ofrecido y contratado, sin información suficiente sobre su alcance y características.