La Sección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía Provincial de Huelva ha acordado archivar las diligencias informativas abiertas con motivo de la tala de una cincuentena de pinos en el entorno de La Rábida, al estimar que no ha habido conducta “dolosa-intencional causante de daños” y que las talas realizadas en el arbolado “no eran arbitrarias ni caprichosas, sino que tenían por objeto la ejecución de un proyecto público sobre suelo urbano, sin que las mismas hayan ocasionado un riesgo relevante para el equilibrio de los sistemas naturales de la zona protegida”.
Esta tala se produjo el pasado mes de octubre, cuando se iniciaron los trabajos previos para el desarrollo del proyecto ‘Redescubrir”, que promueve la Diputación de Huelva y que pretende la remodelación integral del entorno de La Rábida. La apertura de diligencias, que tenía como objetivo determinar si se había podido incurrir en un delito de daños en bienes de uso público, se produjo a raíz de una denuncia interpuesta por el Seprona de la Guardia Civil sobre estos hechos. Para su aclaración, la Fiscalía ha solicitado información tanto a la Diputación de Huelva como al Ayuntamiento de Palos.
Según argumenta la Fiscalía en su Decreto de Archivo, no existe por parte de personas físicas en el ámbito de la Diputación ni de las empresas subcontratadas por la misma para esta obra “una conducta dolosa-intencional causante de daños, ya que las actuaciones estaban autorizadas por una administración (Diputación), si bien faltaba la licencia municipal, que luego se ha concedido, siendo también dudoso si era o no necesaria en el momento inicial por la aplicación del artículo 169-170 LOUA”.
Además, la Fiscalía indica que las talas realizadas en el arbolado “no eran arbitrarias ni caprichosas, sino que tenían por objeto la ejecución de un proyecto público sobre suelo urbano, sin que las mismas hayan ocasionado un riesgo relevante para el equilibrio de los sistemas naturales en la zona protegida”. No obstante, sí indica que las actuaciones “fueron al menos precipitadas” aunque recuerda que “la propia Diputación, con rapidez y buen criterio, ha procedido a plantar más de 150 pinos para minimizar los daños”.
La Fiscalía esgrime que no ha habido denuncia expresa del Ayuntamiento de Palos, algo que es un requisito esencial del tipo penal del artículo 267 del Código Penal.
Por todo ello, la Fiscalía procede al archivo de las Diligencias, aunque “no sin perjuicio de la adopción por la Diputación Provincial y el Ayuntamiento de Palos de todas las medidas necesarias para lograr minimizar los riesgos derivados de la actividad autorizada y la efectiva protección de los lugares que puedan verse afectados por futuras actuaciones dentro de la Zona BIC del Conjunto Histórico Lugares Colombinos”.