(Texto: Rosa Font) “La Sala no sólo está conforme con lo acordado sino que, yendo más allá, debe aclarar que las acciones penales de que se podría hacer uso están completamente prescritas”. Una semana después de la Cumbre de Magistrados celebrada en Huelva, en una convocatoria sin precedentes en la historia judicial reciente, para unificar criterios en torno a las decenas de denuncias sobre los casos de bebés robados dispersos por los juzgados onubenses, la Audiencia Provincial en Pleno da un varapalo a las investigaciones en curso.
En un complejo auto de ocho folios, los nueve magistrados de las tres secciones que conforman la Audiencia onubense, explican, paso a paso los argumentos de un acuerdo unánime no deseado por los denunciantes y que, de seguro, levantará ampollas y una polvareda de reacciones en los próximos días. Los magistrados de la Audiencia avanzan su posición ya en los primeros párrafos del polémico auto, descartando “que exista detención ilegal en los supuestos de sospechas de entrega de un niño nacido a terceros para alterar la filiación, confirmándose la declaración de estar prescritas las acciones para todos los delitos que, en el peor de los casos, pudieran haberse cometido, algunos mucho más graves”.
El Tribunal llega a decir que “los hechos serían constitutivos de un delito contra el estado civil, favorecido por otros de falsedad documental, todo lo más, y la acción penal habría prescrito hace décadas, sin que se vean visos de ninguna otra infracción”, agregando incluso que “la instrucción ni tan siquiera debió iniciarse”.
La solución que ahora ofrece el Tribunal, explica, pondera los diferentes aspectos jurídicos de una serie de conductas presuntamente cometidas en un marco temporal también relativamente amplio, llegando a la conclusión –reiteran los magistrados- “de que no es posible proseguir la vía penal en relación con ninguna de ellas”.
En cuanto a la supuesta implicación de determinadas personas en los robos denunciados, los magistrados señalan que la ausencia de indicios no justifica lo que supone incluirlos a en la categoría de imputados en una causa penal, decisión –remarca- que “sería completamente desproporcionada a las posibilidades de prosecución de la causa”. “Las normas penales –agrega el tribunal- no deben interpretarse de modo forzado, ni extensivamente, ni es correcto esforzarse en intentar plantear una hipótesis apartada de la realidad a fin de perpetuar la persecución criminal”.
Los magistrados son conscientes de que acaban de adoptar una acuerdo polémico, que se convertirá en centro de diana por parte de asociaciones y víctimas de los presuntos robos cometidos en los centros hospitalarios de Huelva, asumiendo que “la prescripción resulta ser una insatisfactoria respuesta ante determinado conflicto”.
La convocatoria de esta cumbre de magistrados se produjo tras un nuevo carpetazo judicial a una denuncia por el robo de un recién nacido en 1968, en este caso una decisión del Juzgado de Instrucción 3 de Huelva, que ordenó el sobreseimiento provisional y archivo de la causa. Tras el recurso presentado por la parte denunciante, el presidente de la Audiencia Provincial consideró que dado el volumen y el peso social de estos procedimientos, los magistrados de la Audiencia debían sentar las bases de los criterios a seguir y unificar la doctrina.
En este sentido, el auto subraya que habida cuenta del impacto social de este tipo de casos y del número de personas afectadas, no por este singular recurso de apelación sino por todos los demás que pueden verse afectados por lo que ahora se decide, ofrecer una respuesta que respaldan y asumen los nueve Magistrados de la Audiencia, “profusamente motivada y rigurosa en lo jurídico, fruto de la reflexión y el debate plural y que cumpla todos los requisitos de tutela judicial efectiva”.