Sobre la convocatoria de plazas en la Diputación de Huelva, la Subdelegación del Gobierno ha emitido un comunicado de siete puntos, que básicamente pueden resumirse en que lo que ha hecho no es otra cosa que aplicar la ley.
Los siete puntos esgrimidos por la Subdelegación
1.- La Subdelegación de Huelva se ha limitado a aplicar la legislación vigente.
2.- El artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público establece lo siguiente:
“Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.”
3.- El BOP del 22 de enero de 2013 recoge el siguiente anuncio:
“El ILMO. SR. PRESIDENTE, MEDIANTE DECRETO Nº 80, DE FECHA 9 DE ENERO DE 2013, HA APROBADO LOS ANEXOS A LAS BASES GENERALES APROBADAS MEDIANTE DECRETO Nº 589, DE 13 DE MARZO DE 2009 Y PUBLICADAS EN EL BOP Nº 57, DE 24 DE MARZO DE 2009, QUE HABRÁN DE REGIR PARA LAS CONVOCA¬TORIAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN LAS PLAZAS DEL GRUPO A1 Y A2, CONTENIDAS EN LAS OFERTAS PÚBLICAS DE EMPLEO DE LOS AÑOS 2004-2008 QUE A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBEN” [Adjunto BOP]
Es decir, en este caso se trata de ofertas de empleo público de hace 9 años (2004) a 5 años (2008) que se convocan fuera de plazo legal. En el pdf del BOP se especifica el año de la oferta para cada uno de los puestos.
4.- Una vez conocido por esta Subdelegación a través del BOP que se iba a convocar las pruebas para estas plazas, se emitió el pasado mes de febrero un requerimiento para que la Diputación anulase el decreto relativo a las ofertas de empleo público correspondientes a los años 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008.
5.- Al no cumplir la Diputación Provincial de Huelva este requerimiento, la Abogacía del Estado por orden de la Delegación del Gobierno en Andalucía y a propuesta de la Subdelegación del Gobierno en Huelva, ha presentado recurso contencioso administrativo.
6.- No es éste el primer caso. Anteriormente y por motivos similares se ha seguido el mismo procedimiento con varios ayuntamientos de la provincia.
7.- En definitiva, la Subdelegación ha aplicado lo que establece la ley.