15 diciembre 2024
Andalucía necesita menos
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Patronal y sindicatos firman el acuerdo de ultraactividad de los convenios colectivos

Firma del acuerdo.
Firma del acuerdo.

El delegado de la Junta de Andalucía en Huelva, José Fiscal, y el delegado territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Eduardo Muñoz, han asistido este lunes a la firma del acuerdo de ultraactividad suscrita por el presidente de la Federación Onubense de Empresarios (FOE), Antonio Ponce, el secretario general de UGT en Huelva, Francisco Espinosa, y el secretario de Organización de CCOO en Huelva, José Manuel Valderas.

Según ha informado la Junta en una nota, Fiscal ha subrayado que «la Junta está presente en esta firma para contribuir a la mejora de las relaciones laborales de cuestiones resultantes de la aplicación de la reforma laboral y para propiciar el desarrollo de la negociación colectiva».

Por su parte, el delegado territorial de Economía, ha alabado el esfuerzo de patronal y sindicatos por hacer del «diálogo y el consenso herramientas útiles» que redunden «en beneficio de empresarios y trabajadores», y ha recordado que la Junta pone a su disposición tanto al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL) como al Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (Sercla), organismos que en las últimas semanas han posibilitado acuerdos en sectores claves como el metal o el comercio de alimentación.

El documento, firmado en el Sercla, impulsará que se mantengan abiertos todos los canales de negociación y diálogo social, en el seno del CARL para abordar situaciones de conflictos que se deriven del proceso de negociación colectiva, especialmente de aquellos convenios colectivos que han prorrogado su plazo de ultraactividad.

La importancia de esta firma radica en que si no hay un acuerdo previo –la prórroga a la que hace referencia la reforma laboral limita este periodo a un máximo de un año–, entre la parte empresarial y los trabajadores, muchos convenios dejarán de aplicarse, por lo que los empleados pasarán a depender del convenio inmediatamente superior, –provincial, regional o nacional–. Antes de la reforma laboral, se aplicaba la ultraactividad, según la cual el último convenio denunciado seguía vigente mientras no hubiera pacto.

En virtud del acuerdo, se recomienda potenciar los mecanismos de flexibilidad interna a efectos de que el tiempo de trabajo, la clasificación profesional, las funciones y el salario, entre otras condiciones, tengan la necesaria adaptabilidad a las necesidades e intereses de los trabajadores y empresarios, con la participación de la representación legal de los trabajadores en los distintos procesos de adaptación.

Asimismo, se recomienda que los convenios colectivos hagan una adecuada revisión e innovación a efectos de garantizar una mayor eficacia. Igualmente ha de procurarse una mejora significativa en las técnicas regulatorias de los convenios, de forma que se consiga «una mayor claridad y simplificación» de las cláusulas convencionales, haciéndolas «más accesibles en su entendimiento a los trabajadores y empresarios, y originando menos conflictividad interpretativa en su aplicación».

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