19 diciembre 2024

La Junta toma posesión de la primera vivienda expropiada al banco

La Junta de Andalucía ha tomado posesión de la vivienda de la calle Alonso de Ercilla, Nº 7, 3ºB de Huelva, expropiada a una sociedad dedicada a la compraventa de activos inmobiliarios, para evitar el desahucio de la familia que reside en la misma.

Según ha informado la Junta en una nota, en lo que constituye «una medida sin precedentes», la Consejería de Fomento y Vivienda ha firmado este jueves la primera acta oficial de ocupación de un inmueble embargado para evitar el desalojo de sus residentes, en este caso una familia en riesgo de exclusión social integrada por María del Carmen Andújar, su marido, Manuel Luis Romero, y sus dos hijos menores de edad, que en caso de perder su casa se quedarían sin ninguna alternativa residencial.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ya culminó en octubre la expropiación de esta vivienda a su entidad titular, la sociedad ‘A y T Hipotecario Mixto III, Fondo de Titulización de Activos’.

Con el acta de ocupación firmada este jueves, la familia tiene garantizada su permanencia en la vivienda hasta el 2 de enero de 2017, conforme a lo establecido en la Ley de Medidas para Asegurar el Cumplimiento de la Función Social de la Vivienda, en vigor desde el 9 de octubre. El Consejo de Gobierno ha culminado una segunda expropiación para evitar un desahucio en Torremolinos (Málaga).

Igualmente ha publicado otros 37 expedientes de expropiación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y ultima 115 más en las ocho provincias. En total, con la Ley se han tramitado 152 expropiaciones para evitar desahucios.

El acta de ocupación está firmada por representantes de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Huelva, la entidad expropiada y la familia acogida a la Ley. Este inmueble, sito en la calle Alonso de Ercilla, Nº 7, 3ºB de Huelva, donde vive una familia con dos hijos en riesgo de exclusión social, fue el primero sobre el que la Consejería que dirige Elena Cortés realizó el proceso de expropiación temporal del uso mediante la incoación del procedimiento y la declaración de interés social y necesidad de ocupación de la vivienda.

La expropiación temporal del uso es una de las fórmulas que recoge la Ley de Medidas para Asegurar el Cumplimiento de la Función Social de la Vivienda para evitar desahucios de familias en riesgo acreditado de exclusión social. Se aplica a inmuebles inmersos en procedimientos de desalojo instados por entidades financieras y sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos. Con ello se evita que las familias afectadas pierdan sus casas y se da una respuesta inmediata al drama social de los desahucios.

«Esta ley ha demostrado su plena efectividad dando respuesta a un drama social urgente que reclama soluciones ya. Frente a la ineficacia de las medidas del Gobierno central, únicamente concebidas para mantener el actual statu quo y los privilegios de las entidades financieras, Andalucía se ha dotado de un mecanismo ágil y eficaz que da poder a las familias frente a las agresiones del sistema financiero y que se concreta en soluciones útiles y rápidas», ha destacado la consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés, que ha destacado el procedimiento «plenamente garantista» que han seguido todas las expropiaciones.

La consejera ha recordado que el Gobierno central ha anunciado un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley, lo que provocará su suspensión cautelar antes del 9 de enero y lo que «pone en evidencia la ineficacia de la norma estatal». Cortés ha afirmado que, en los casos en los que las expropiaciones no están culminadas, la Consejería remitirá escritos a los juzgados que entienden de cada caso para que no ejecuten el desahucio, al tratarse de familias que se encuentran en un proceso de tutela administrativa y cuyos derechos quedarán con el recurso en situación de desprotección.

La Consejería también solicitará formalmente al Tribunal Constitucional que no agote el plazo de cinco meses para decidir sobre el levantamiento o no de la suspensión cautelar, al afectar el recurso del Gobierno a «derechos fundamentales» de numerosas familias.

«La ley no sólo tiene efecto contra los desahucios evitados por expropiación, sino que ejerce un efecto disuasorio contra todos los desalojos, ya que las entidades financieras saben que, en caso de echar a una familia, se exponen a expropiación y sanción por tener la vivienda vacía», ha señalado Cortés. «El recurso del Gobierno pretende facilitar los desahucios a los bancos y facilitar la especulación con las viviendas vacías, ya que la Ley tiene por objeto el abaratamiento del acceso a las mismas mediante el alquiler», ha concluido la consejera.

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