12 diciembre 2024
Andalucía necesita menos
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Cerradas al marisqueo las zonas de producción de la coquina en toda la costa

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha cerrado al marisqueo las zonas de producción de la coquina de todo el litoral onubense. La medida se ha tomado después de que los continuos análisis que realiza el Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros de Cartaya hayan constatado la presencia de la biotoxina DSP en los ejemplares de esta especie en todos los puntos de la costa de Huelva y, en consecuencia, la existencia de riesgos para la salud por su consumo.

En concreto, no está permitida la captura y comercialización de la coquina en las aguas de Isla Canela, la Barra del Terrón, la Desembocadura del Piedras, Punta Umbría, Mazagón, Matalascañas y la Zona Marítima de Doñana. La prohibición se ha decretado después de la aparición de la biotoxina DSP entre los días 14 y 16 de abril.

Sí se puede extraer, en cambio, la chirla en la zona de producción de Isla Canela (no en el resto de enclaves). De igual modo, la actividad marisquera cuenta con luz verde en los puntos de las Marismas del Guadiana-Carreras, el río Carreras y las Marismas del Piedras. Se pueden capturar en sus aguas especies como las almejas fina y japonesa, el berberecho y la navaja-muergo.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural recuerda, en este sentido, que el cierre preventivo de los caladeros cuando se detectan valores superiores a los establecidos legalmente se enmarca dentro del Programa de Control y Seguimiento de las Condiciones Sanitarias en las Zonas de Producción de moluscos bivalvos, gasterópodos y equinodermos del litoral andaluz. El objetivo, en palabras de la delegada territorial, Josefa González Bayo, no es otro que la protección de la salud pública y garantizar la calidad sanitaria de los productos pesqueros.

En la misma línea, desde este departamento de la Junta de Andalucía se incide en que el marisqueo sin licencia está prohibido en cualquier momento y conlleva una sanción de carácter “grave”, calificación que en el caso de que la actividad se desarrolle en una zona de producción cerrada por motivos sanitarios se eleva a “muy grave”. Las sanciones por el incumplimiento de estas prohibiciones pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen moluscos bivalvos sin autorización (sanciones graves) y entre los 60.001 y los 300.000 euros para quienes desarrollen esta actividad en un caladero cerrado por la presencia de toxinas (sanción muy grave).

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