6 diciembre 2024
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Acaip pide que deje de grabar una cámara en la zona de oficinas de la cárcel de Huelva

El sindicato de funcionarios de prisiones Acaip ha solicitado a la Agencia de Protección de Datos la suspensión cautelar del sistema de vídeovigilancia que está instalado en la zona de oficinas de la Cárcel de Huelva, donde teóricamente sólo tienen acceso funcionarios de la institución penitenciaria, al objeto de que no se produzca vulneración de derechos individuales de especial protección.

Por otra parte, el sindicato ha informado que la Agencia de Protección de Datos «en la actualidad está realizando actuaciones previas de Inspección” al objeto de “determinar con la mayor precisión posible, si los hechos pudieran justificar, en su caso, la incoación de un procedimiento sancionador o de infracción de las Administraciones Públicas”

La denuncia de Acaip ante la Agencia de Protección de Datos se produjo tras ponerse en marcha a principios de año un nuevo sistema de videovigilancia en la zona de oficinas del Centro Penitenciario de Huelva, «sin previa información a los trabajadores y/o sus representantes. Como viene siendo la tónica habitual por parte de la actual dirección : tomar decisiones relativas a la plantilla de trabajadores sin contar con ellos y/o sus representantes».

Por ello, desde el Sindicato Acaip se solicitó formalmente a la Dirección del Centro información relativa al caso y, pasado un tiempo, se trasladó la situación a la Agencia de Protección de Datos.

Acaip explica que «según informaciones aparecidas en medios de comunicación los funcionarios no podrán ser grabados en vídeo en su puesto de trabajo, ya que no será de aplicación para los empleados públicos la Sentencia del Tribunal Constitucional que avala el uso de cámaras sin consentimiento en una empresa privada para comprobar malas prácticas”. La Agencia de Protección de Datos afirma que debe asegurarse que las acciones dirigidas a la seguridad y vigilancia en los Centros de trabajo no contravengan el derecho fundamental de captación y grabación de imágenes personales, evitando que se permita, por ejemplo, la identificación del sujeto. La Ley Orgánica de Protección de Datos prohíbe dicha toma de imágenes, si no media el consentimiento del afectado, según este sindicato.

 

 

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