El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, TSJA, ha resuelto no suspender la aplicación de la ordenanza municipal que concede ayudas individuales de carácter social para el abono del Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, en el ejercicio 2017 y siguientes “dándonos la razón al Ayuntamiento en este asunto en el que el alto tribunal andaluz resalta la especial relevancia del interés público que late en su puesta en vigor”, ha señalado la alcaldesa de la localidad, Aurora Águedo Borrero, que manifiesta su satisfacción “porque se demuestra que esta medida no era contraria a la ley”.
Así, el TSJA deniega la medida cautelar de suspensión de la aplicación de la citada ordenanza, que solicitó la delegación del Gobierno de Andalucía, ante el acuerdo plenario de 1 de diciembre de 2016.
EL Consistorio remitirá este auto del TSJA al Juzgado de Huelva “para que lo tenga en cuenta ante el recurso que por idéntico motivo presentó en su día el portavoz del grupo municipal Unidos por Punta Umbría, UPU, José Carlos Hernández Cansino”, ha adelantado la alcaldesa.
Como se recordará, el Pleno de 1 de diciembre de 2016 aprobó definitivamente la ordenanza municipal de ayudas individuales de carácter social de hasta un 30 por ciento en el Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, para personas desempleadas, separadas, viudas, divorciadas, víctimas de la violencia de género, menores de 30 años y, en general, con pocos recursos económicos y que reúnan una serie de requisitos, para el ejercicio 2017 y los siguientes. Este punto del orden del día recibió el apoyo de todos los grupos municipales -PSOE, PP e IU- excepto UPU.
La citada ordenanza se aprobó tras los pertinentes informes favorables de los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Punta Umbría, Secretaría, Intervención e Inspección de Renta y Exacciones, que avalaban dicha medida.