La Diputación Provincial, a través de su Servicio de Archivos, ha realizado edición fascimilar del Privilegio de Villa de Cortelazor, uno de los documentos singulares que se encuentran en los Archivos Municipales de la provincia de Huelva. Desde hace algunos años la Diputación viene desarrollando un intenso trabajo para difundir, divulgar y promocionar los Archivos Locales, siendo una de sus vertientes más conocidas la publicación de los documentos más significativos de aquellos graneros de la memoria, entre los que se cuentan los Privilegios de Villazgos, “pilares básicos de la identidad de nuestros municipios” según ha señalado el diputado de la Sierra, Ezequiel Ruiz.
El Privilegio de Villa de Cortelazor es un documento muy cuidado, realizado sobre pergamino y con una escritura humanística elegante. El diputado ha explicado que el privilegio “comienza, como no podía ser de otra manera, con el nombre del Rey que lo otorga, Felipe IV, uno de los monarcas más controvertidos de la historia de España, pues su acción de gobierno conducirá a una grave crisis económica, que conllevará la pérdida de la hegemonía mundial”.
Ruiz -que ha estado acompañado por el alcalde de Cortelazor, Franco Javier de Pablos- ha señalado que las circunstancias para conceder este privilegio de Villazgo fueron “en primer lugar la población de Cortelazor, que a pesar de ser una aldea de Aracena, contaba en 1630 con aproximadamente 120 vecinos, que traducidos a habitantes serían unos 550”. Otras circunstancias fueron la distancia que había desde la villa aracenense a la villa matriz, que se calculaba en una legua y media, y a Sevilla, a dieciséis, a las que se acudía para cualquier trámite o pleito.
La ausencia de Ayuntamiento que administrara ni impartiera justicia -es decir, ni había alcaldes ni regidores ni escribanos-, los frecuentes robos y altercados, o el maltrato que sufrían los vecinos “de las autoridades y justicias de Aracena”, son otras de las razones por las que finalmente se le concedió a Cortelazor una Real Provisión el 23 de mayo de 1630 donde se le eximía de la jurisdicción de la villa de Aracena, pues la razón principal de este proceso era la cantidad a pagar al Monarca, cifrada en 2.000 ducados.
Al Consejo de Hacienda, le pareció poco dinero, porque no se creían el número de vecinos que manifestaban los representantes de la aldea, por los que siempre se estimaba el pago. Para hacer averiguaciones se envió a la pequeña población al Gobernador de la cercana villa de Segura de León, para llevar a cabo un censo real, “saliéndole 112 vecinos y medio”. Sin embargo, los impulsores del villazgo van a negociar con la monarquía un nuevo precio por su libertad, obligándose a pagar 10.000 maravedís de plata por cada uno de los vecinos, es decir 125.000 maravedís.
El Privilegio de Villazgo fue expedido finalmente por la Cancillería Real, en Madrid, el 2 de agosto de 1631.
El diputado de la Sierra ha señalado que la publicación de los documentos identitarios sobre el rico pasado histórico de nuestra provincia “es fundamental para su conservación, evitando la continua manipulación por funcionarios e investigadores y la promoción de documentos claves para la historia de Andalucía y por extensión de España”.
También contribuye a reforzar los sentimientos de comunidad y divulgar la importancia de los documentos para la vida de las poblaciones, “por lo que se entrega un ejemplar del fascímil a cada vecino del municipio”. Asimismo, la publicación de este documento constituye un buen instrumento para el estudio de la historia de Cortelazor, pues a pesar de haber sido un municipio pequeño, encierra un pasado rico, completando así una parte de la memoria de la comarca serrana.
El proyecto de ediciones facsimilares de los Privilegios de Villa se inició en 1998 y hasta la fecha se han publicado ocho Privilegios de los municipios de Corteconcepción (1814), Santa Ana la Real (1751), Galaroza (1553), Higuera de la Sierra (1553), Cañaveral de León (1588), Alájar (1700), Jabugo (1691) y Castaño del Robledo (1700). También se ha realizado una edición facsimilar de los primeros documentos de constitución del joven Ayuntamiento de Punta Umbría (1963).