5 diciembre 2024
Andalucía necesita menos
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El convenio del campo entre Asaja y CCOO se ajusta a la legalidad

«El Convenio del Campo de la Provincia de Huelva suscrito el pasado 9 de octubre de 2018 por Asaja-Huelva y CCOO es perfectamente válido en todo su articulado y se ajusta a la legislación vigente, por lo que se constituye, más ahora, en el marco de regulación laboral para el sector agroforestal de la provincia de Huelva con el que se ha dotado dicho sector en legítima negociación colectiva de la mano de sus representantes, la patronal Asaja-Huelva y el sindicato CCOO, de representación mayoritaria en el sector», según se asegura en nota de prensa emitida por Asaja-Huelva.

En dicha nota se indica que «la Justicia ha dado un espaldarazo al Convenio del Campo de la Provincia de Huelva tal y como lo firmaron Asaja-Huelva y CCOO, con la ausencia, por primera vez en la historia, de UGT, que en el último momento se descolgó de las negociaciones exigiendo condiciones absolutamente inasumibles. El sindicato, en lugar de mostrar lealtad y compromiso con un sector fundamental para la economía de la provincia y con los miles de trabajadores que desarrollan su labor y que se sustentan, junto con sus familias, la mayoría en zonas muy desfavorecidas de nuestra provincia, de la actividad agraria y forestal, intentó sacar réditos políticos y publicidad fácil con una actitud teatral muy alejada de la auténtica defensa de sus representados que debían ejercer con criterio y argumentos en la mesa de negociación y no a base de aspavientos, dinamitando el proceso negociador y entorpeciéndolo, e incluso llegando a firmar un convenio “alternativo” con UPA y COAG, una auténtica pantomima que no ha tenido recorrido alguno y, como es lógico y ellos sabían perfectamente, carente de toda validez.

No contentos con el pobre resultado obtenido de su ridícula estrategia, de la que debieron apearse cuando se percataron de que ni siquiera eran los depositarios de la confianza mayoritaria de los trabajadores del sector – se ha demostrado ampliamente por el escaso respaldo obtenido en las movilizaciones emprendidas contra los firmantes del convenio- , y a pesar de que tanto de forma pública como privada Asaja-Huelva y CCOO les dieron la oportunidad de rectificar y volver a integrarse en la Comisión Negociadora, continuaron por la vía del enfrentamiento y la destrucción, e interpusieron una demanda de impugnación que hoy ha sido desestimada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Huelva con una sentencia que tumba los dos motivos esgrimidos por UGT con los que pretendía romper el Convenio del Campo.

En primer lugar, UGT argüía que el artículo 6 del Convenio del Campo, el que describe la condición de “fijo discontinuo”, incurría en un fraude, por considerar que la exigencia de 236 jornadas reales al año para la adquisición de dicha condición resulta a su parecer “inviable”. Da la casualidad de que la redacción de dicho artículo existe en el convenio desde 2011, y que nuevamente fue incluido, tal cual, en 2015, estando vigente en los Convenios del Campo de ambos periodos y habiendo sido rubricados, en ambos casos, por la parte demandante, es decir, por la propia UGT FIGAT.

La sentencia especifica que, efectivamente, el artículo 6 presente también en el Convenio del Campo actual presenta la misma redacción que en los dos anteriores, negociados y firmados por UGT, y que no impide la aplicación de la normativa legal contenida en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que rechaza este motivo para sustentar la impugnación de un Convenio que, para colmo, “ha superado los controles de legalidad exigidos” – informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y publicación en el BOP-.

En segundo lugar, UGT interpuso como segundo motivo para la impugnación el porcentaje de subida salarial del 2% acordado por la Comisión Negociadora y firmado por Asaja-Huelva y CCOO, insuficiente y fuera del IV Acuerdo Nacional para el Empleo y la Negociación Colectiva 2018-2020 según la parte demandante. Sin embargo, el Juzgado apunta que ese 2% es superior a las subidas que le precedieron (y que firmó UGT) y que el IV Acuerdo Nacional para el Empleo y la Negociación Colectiva establece recomendaciones, no obligaciones, por lo que la sala tumba todos los argumentos de UGT y da la razón a Asaja-Huelva, a Comisiones Obreras y al Ministerio Fiscal», concluye el comunicado.

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