El dueño de unas mulas, el intermediario y las dos personas que alquilaron una mula para el Rocío de 2016 han sido condenados a seis meses de prisión por un delito de maltrato animal, según ha dictado la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva, que ha desestimado el recurso de apelación presentado por los condenados contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva.
El tribunal ha acordado la suspensión de la pena de prisión para los cuatro condenados con la condición de que no delincan en el período de dos años a partir de la fecha de firmeza de esta resolución, así como que abonen, de forma conjunta y solidaria, el importe íntegro de la responsabilidad civil y a que se sometan a un programa de protección de los animales.
La acusación fue ejercida por el Ministerio Fiscal y la acusación particular por El Refugio del Burrito, que fue la que se ocupó de la recuperación de las mulas.
Fue un ciudadano quien alertó a las fuerzas de seguridad del mal estado en el que se encontraba una mula en pleno Rocío, por lo que se procedió a retirársela a las dos personas que la habían alquilado.
La sentencia recoge que el dueño de las mulas entregó una primera mula al intermediario a sabiendas de las heridas diversas que presentaba el animal y que éste a su vez hizo lo propio con los dos que la iban a alquilar, que al ver estado del animal exigieron que el animal fuera sustituido por otro.
El dueño accedió al cambio y entregó una segunda mula, pero ésta también presentaba diversas heridas, por lo que los alquiladores volvieron a pedir el cambio del animal, a lo que no accedió el encargado del alquiler.
Las dos personas que habían alquilado el animal, lejos de denunciar el hecho no dejaron en reposo a la mula y no le dedicaron la atención veterinaria precisa para la curación de sus heridas, haciendo uso del carro y del animal durante tres días, lo que provocó que se agravaran las lesiones.
La Guardia Civil, tras la denuncia de un ciudadano, entregó las mulas a la Asociación El Refugio del Burrito para su tratamiento veterinario, cuidado y alimentación, a la que los condenados tendrán que indemnizar por los gastos que les hayan originado en el cuidado del animal desde su recogida hasta el día de la firmeza de la sentencia.