18 diciembre 2024
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¿Qué es un seguro de impago de alquiler y cómo funciona?

El impago de la renta es uno de los riesgos más grandes que corren los propietarios, a pesar de ser una situación poco frecuente. El coste monetario y de tiempo supone la suficiente inseguridad para tomar cartas en el asunto.

Si lo vemos desde la perspectiva de la pérdida, el impago tiene un muy alto costo: en promedio, cada caso ocasiona un daño de más de 3 mil euros al propietario, mientras que en los daños y desperfectos se gastan apenas cerca de 350 euros. En otras palabras, la magnitud de las consecuencias del impago se acercan a las de los casos de daño, a pesar de ocurrir con frecuencias tan dispares.

Por otro lado, los casos de impago se han incrementado considerablemente desde que estamos en situación de pandemia. Ante este contexto, los arrendadores se han visto aún más expuestos, situación que ha sido potenciada por las medidas tomadas en materia de alquileres.

El seguro de impago de alquiler se presenta como una vía interesante para ellos. ¿En qué consiste? ¿Cómo beneficia realmente al propietario que lo contrata? ¿Supone una alternativa real ante la situación tan complicada?

¿Cómo funciona el seguro de impago de alquiler?

Se trata de una póliza que garantiza el cobro de la renta del alquiler en caso de que el inquilino dejara de pagar su mensualidad. El costo del seguro está aproximadamente entre el 3 y 5% del valor de la renta, lo suficientemente bajo como para que sea una opción de protección viable.

Algunas empresas como DAS Seguros ofrecen coberturas adicionales relacionadas con el impago:

  • En este caso, el contenido y el continente están asegurados contra actos vandálicos. Por lo tanto, el dueño no tendrá que encargarse de asumir las reparaciones o reclamar por los daños a los responsables.
  • También cubre servicios de cerrajería cuando se presenta un desahucio. Sucede en situaciones extremas en las que los arrendatarios incumplen constantemente con el contrato de pago. Llegado el momento de hacer el cambio de cerraduras, el seguro pagará por todo.
  • El asesoramiento jurídico está cubierto. En gran parte, las preocupaciones de los propietarios surgen de la desinformación sobre sus derechos como tal y los cuidados que debe tener con la vivienda. DAS seguros se encarga de orientar al cliente vía telefónica hasta aclarar sus dudas.

En la práctica, el dueño de la propiedad tiene que contactar con un seguro para contratarlo, ya sea antes o después de haber dado en alquiler la vivienda. La empresa se encargará de asesorarle y de los procedimientos necesarios en caso de que decida adquirir el seguro.

Requisitos para contratar el seguro

Al igual que con cualquier otro seguro, la empresa a contratar analiza la solvencia financiera de los inquilinos a los que el propietario va a arrendar la vivienda. A pesar de ser una situación peculiar, es lógico porque será la aseguradora la que asuma el importe correspondiente a las rentas impagadas si estas personas no hacen frente al pago.

Así, es habitual que la aseguradora lleve a cabo la viabilidad económica de los inquilinos para determinar si, en condiciones normales, podrán afrontar el pago de las mensualidades sin problemas. Por ello, lo más probable es que los arrendatarios no aptos se clasifiquen así cuando la mensualidad supere el 40% de sus ingresos, aproximadamente.

Sin embargo, el requisito se trata de que la aseguradora considere al inquilino apto para pagar la renta. En otras palabras, no se trata necesariamente de la cantidad de ingresos, sino de las conclusiones a las que llegue la compañía sobre su solvencia económica basándose en los mismos.

La empresa solicita diversos documentos que acrediten la solvencia de los inquilinos con el objetivo de realizar el análisis:

  • Trabajadores dependientes. Se les piden las últimas nóminas para comprobar el volumen de ingresos y su antigüedad en esa compañía. Las aseguradoras valoran los contratos indefinidos porque suponen mayores garantías de pago.
  • Autónomos. Se les requieren las últimas declaraciones del IVA, además de la declaración del IRPF más reciente. Sin embargo, podría ser más difícil que la aseguradora lo valore como positivo, dependiendo del sector en el que trabaja.
  • Pensionistas. Solo deberán presentar un justificante de su condición de pensionista junto con un extracto de sus ingresos mensuales.
  • Por su parte, la empresa aseguradora comprueba las listas de morosos en España.

Si bien el arrendador pudo haber aceptado a los inquilinos después de haber evaluado por cuenta propia (o no) su situación financiera, no necesariamente la empresa llegará a la misma conclusión.

Sobre todo, el seguro de impago de alquiler da tranquilidad al propietario. Le asegura seguir cobrando la renta en caso de que los inquilinos no se vean capaces, además de ayudarle con las gestiones y trámites necesarios si se llega a un punto extremo. Y, desde el inicio, la empresa contribuye a elegir inquilinos que tengan más garantías para cumplir con el contrato.

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