El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a 3 años de cárcel a un hombre de Huelva, por las heridas que le causó a un vecino, en 2019, en el barrio del Parque de la Luz. El alto tribunal andaluz estima en parte el recurso de apelación de la acusación particular, en contra de la sentencia dictada, en mayo de 2021, por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Huelva, que le impuso una pena de dos años por un delito de lesiones.
Según los hechos acreditados en la sentencia, «sobre las 22 horas del día 15 de marzo de 2019, en el barrio del Parque de la Luz en Huelva, el procesado (mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia), por razones no acreditadas y desavenencias anteriores inició con su vecino una discusión en el curso de la cual, y con ánimo de menoscabar su integridad física, le agredió con un objeto cortante en varias zonas del cuerpo ocasionándole» varias heridas, «de las que fue asistido en ambulancia en el lugar de los hechos y posteriormente en el hospital Juan Ramón Jiménez, al que se desplazó por sus medios tras haberse negado [a] su traslado para cura y tratamiento en un primer momento».
La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huelva incluía también el pago de 980 euros por las lesiones ocasionadas y 20.000 euros por las secuelas que le dejaron las heridas al agredido. La pena de prisión era de 2 años al tener en cuenta el tribunal en Huelva la atenuante de reparación de daños.
Pena de 3 años de cárcel
El TSJA rechaza la petición del recurrente de que la agresión fuera considera una tentativa de homicidio, por lo que solicitaba 9 años de cárcel, pero sí que estima que no se tenga en cuenta la atenuante, por lo que el alto tribunal andaluz eleva la pena a 3 años, aunque la parte recurrente solicitaba por este delito 4 años y 6 meses de cárcel