5 diciembre 2024
Andalucía necesita menos
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Un juez obliga a pagar las vacaciones de un guardia civil enfermo

Nuevo éxito de los servicios jurídicos de AUGC en defensa de sus afiliados, en este caso correspondiente a la Delegación en Huelva, que ha logrado que el T.S.J.M. dicte sentencia favorable para que le sean abonadas las vacaciones no disfrutadas a un Guardia Civil que tuvo que pasar a la reserva activa después de una enfermedad y que no pudo hacer uso de esas vacaciones debido a la enfermedad que padecía.

Este afiliado después de un largo periodo de baja por enfermedad, no pudo hacer uso de sus vacaciones, pasando a la situación de reserva activa, sin poder hacer uso de ellas, por lo que en aplicación de diversas sentencias y directivas europeas, que parece que no se aplican en la Guardia civil, realizó la correspondiente petición a la Dirección General, que como casi siempre denegó lo que se peticionaba.

Los servicios jurídicos de AUGC Huelva, con el letrado Juan Rodríguez se hizo cargo de la reclamación y del correspondiente recurso al T.S.J.M. que mediante sentencia numero 359/23, de 14-06-2023 estimó el recurso.

Sentencia favorable al guardia civil

La sentencia Die: Que debemos ESTIMAR y ESTIMAMOS íntegramente el presente recurso contencioso-administrativo nº 839/2022, debiendo anular y anulando la resolución de 20 de julio de 2022, de la Directora General de la Guardia Civil, por la que se desestima la solicitud de indemnización sustitutoria de las vacaciones no disfrutadas por enfermedad, correspondientes a las anualidades de 2021; reconociendo el derecho del recurrente a ser compensado económicamente por los días de vacaciones que no pudo disfrutar por encontrarse en situación de incapacidad laboral en la anualidad de 2021; cantidad que debe fijarse partiendo del concreto periodo en que hubiera podido disfrutar sus vacaciones en caso de reincorporación al servicio activo, y que se determinará en ejecución de Sentencia, devengando intereses legales desde su liquidación.

Se imponen a la Administración las costas procesales, hasta un máximo de 500 euros, por todos los conceptos.

Nuevamente deberán ser los ciudadanos con sus impuestos lo que tengan que pagar las costas de un juicio al que no se debería haber llegado, porque existe normativa tanto nacional como Europea que sientan jurisprudencia sobre este derecho.

Desde AUGC Huelva queremos poner en valor este tipo de servicios que presta la asociación a sus afiliados, que no solo contribuyen a la defensa de los derechos de los guardias civiles, sino que, como en este caso y en otros muchos, sirven para que el resto de guardias civiles puedan acogerse a este tipo de reclamaciones, que han obligado a la propia guardia civil a cambiar la normativa interna, aunque con recortes como siempre, que serán los tribunales nuevamente los que tengan que resolver, como ha ocurrido en este caso.

Es de agradecer el trabajo realizado por los servicios jurídicos de AUGC HUELVA y de su letrado por su trabajo y profesionalidad en la lucha por los derechos de los Guardias Civiles.

 

 

 

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