El Sindicato de Enfermería (SATSE) de Huelva ha lamentado el cese de la directora de Unidad de Gestión Clínica de Lepe por el mero hecho de ser enfermera. Según denuncia SATSE, el cese se ha producido tras sentencias favorables del Sindicato de Médico y ante la inacción del Servicio Andaluz de Salud (SAS) para paliar esta situación y defender la capacidad de la Enfermería para encabezar los equipos directivos.
En concreto, el Sindicato de Enfermería explica que dicha situación se ha generado por la impugnación por parte del Sindicato Médico de las convocatorias de cargos de Dirección de Unidad de Gestión Clínica ocupadas por profesionales de enfermería, dándoles hasta ahora los juzgados la razón.
Para el Sindicato de Enfermería mientras en otros Servicios de Salud del estado las enfermeras lideran incluso centros hospitalarios e incluso, como el caso de Andalucía, donde la Viceconsejera es enfermera, se siguen dando pasos atrás por un corporativismo obsoleto que en nada beneficia a la Sanidad Pública.
Ante esta situación, SATSE ha ofrecido su “total apoyo” a la profesional cesada argumentando que “es claramente demostrable que la gestión realizada por los profesionales de enfermería en puestos de dirección han sido totalmente satisfactorias, estando absolutamente formados y capacitados en la materia de gestión y competencias de dirección”. Considerando este sindicato que “supone además un valor añadido el que las direcciones sean ocupadas por enfermeros, ya que facilitan la integración de todos los profesionales en un trabajo necesariamente multidisciplinar, promoviendo el trabajo en equipo y obteniendo mejores resultados en medidas de calidad y eficiencia”.
Recogido en la Ley
A juicio del Sindicato de Enfermería, “esta situación deriva de la indefensión de los enfermeros ante la inactividad de los servicios jurídicos del SAS, entendiendo que no se han utilizado todos los medios necesarios para la defensa de una causa jurídicamente defendible”. Tal y como establece el artículo 4.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias las funciones y competencias de las Direcciones de Unidad no están en modo alguno reservadas a licenciados sanitarios.
El artículo 10 de la citada Ley establece que dichas facultades y competencias, entre ellas las relativas a jefatura o coordinación de unidades y equipos sanitarios y asistenciales, la de promover el desarrollo de la gestión clínica y la gestión por procesos integrados, no vienen reservadas a personal Médico y podrán ser desempeñadas en función de criterios que acrediten los conocimientos necesarios y la adecuada capacitación.
En este sentido, SATSE concluye recordando que “existen sentencias, como la del tribunal superior de justicia gallego que defiende la capacidad de otras profesiones sanitarias distintas a los médicos para dirigir las unidades”, señalando que “puede comprender el malestar de la clase médica, pero ello no justifica que tareas de gestión clínica, de coordinación e integración deban venir reservadas de carácter exclusivo a ese colectivo, cuando dentro del concepto amplio de profesionales sanitarios, ya sean licenciados o diplomados, pueden ser atendidas con plenitud de eficacia y eficiencia”.
Por eso, una vez más, el Sindicato de Enfermería termina exigiendo a la Administración andaluza que “establezca las medidas necesarias para solucionar los ceses que se vienen produciendo de profesionales de Enfermería que ocupan cargos de directores de Unidades de Gestión”.