18 diciembre 2024

La UHU desmiente su aval al proyecto de las dos torres y Riaumbría se indigna

Antes las informaciones surgidas en los medios de comunicación referidas a que la sociedad Riaumbría se basa en un dictamen emitido por la Universidad de Huelva para defender su proyecto de las dos torres en Punta Umbría, esta institución quiere precisar que dicho informe no es en ningún caso un dictamen de la Onubense, sino únicamente de dos profesores de la Universidad, por lo que su contenido en ningún momento refleja el posicionamiento de la institución como tal sobre ese asunto.

Se trata de un informe técnico encargado a dos profesores de la Universidad, algo que es una práctica habitual dentro de la actividad investigadora, por lo que son solo los autores del informe los responsables de las afirmaciones que se establecen en el mismo y no la Universidad de Huelva.

RESPUESTA DE RIAUMBRÍA

Por su parte, la sociedad Riaumbría ha expresado su perplejidad por el comunicado emitido por la Universidad de Huelva desmarcándose del contenido del Dictamen realizado por dos profesores de esta institución.

Riaumbría no desea entrar en un debate con la Universidad de Huelva sobre la forma en la que se contextualiza la autoría de un informe emitido por dos profesores de la Universidad de Huelva. Pero ante las consideraciones expresadas por la Universidad de Huelva en su Comunicado Riaumbría sí se siente en la obligación de certificar lo siguiente y aportar la documentación acreditativa al respecto:

  1. La decisión de RÍAUMBRÍA de someterse al pronunciamiento de una institución independiente como es la Universidad de Huelva para poder disponer de un dictamen jurídico y urbanístico externo a esta empresa y a la propia Dirección General de Costas que determine si la actual Ley de Costas es aplicable o no a determinados suelos del municipio de Punta Umbría ha dado lugar a un Contrato de Investigación firmado entre RIAUMBRÍA y la Universidad de Huelva en el que aparece recogido la Autorización de la propia Universidad de Huelva para el desarrollo de este trabajo.
  2. Que en el Contrato firmado entre RÍAUMBRÍA y la Universidad de Huelva hay un capítulo específico centrado en la Legislación y Regulación del Contrato de Investigación que en su cláusula segunda establece que el plazo señalado para la ejecución del trabajo contara? a partir de la fecha en que el presente contrato sea autorizado por la Universidad de Huelva.
  3. Asimismo en la cláusula Sexta se establece que los derechos de autor del Dictamen y de inventor, así como la explotación de patentes y marcas, quedara? a beneficio de la Universidad de Huelva.
  4. La factura correspondiente al desarrollo de los trabajos de investigación ha sido emitida por la Universidad de Huelva a la sociedad RÍAUMBRÍA con sus datos fiscales, dirección, CIF y demás datos legales para el pago de los derechos referidos.

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