18 diciembre 2024
Estado en el que quedó un vehículo tras un accidente en Lepe.

Un 10% de presos, relacionados con accidentes de tráfico

El 10% de los internos de la cárcel de Huelva cumplen condena por asuntos relacionados con la seguridad en el tráfico, según los datos aportados de la Audiencia Provincial de Huelva, donde Carlos Lopez-Veraza es el  fiscal delegado de seguridad vial.

De los aproximadamente 1.100 internos de la prisión onubense, 114 cumplen condenas que han sido dictadas por provocar accidentes graves, normalmente homicidios imprudentes y delitos de conducción bajo la influencia de alcohol u otras drogas. Además, en la actualidad hay seis conductores que cumplen su condena en los denominadas Centros de Inserción Social, en un régimen de semilibertad.

A día de hoy, los relacionados con el tráfico suponen el 35% de los delitos que se cometen en España (por encima de los delitos de lesiones o los robos). La proporción de procesos que acaban en sentencia condenatoria ha aumentado notablemente en los últimos años, pasando de un 66% de los juicios en 2008 a un 85% en 2018.

El 17% de los conductores españoles reconoce haber cometido algún delito contra la seguridad vial. La afirmación suena fuerte, pero es que conducir habiendo tomado un par de copas o superar los 200 km/h en una autopista son delitos. Lo que mucho no saben es que estas acciones les pueden llevar a pasar una temporada a la sombra.

Ahora bien, esto no significa que todos los conductores condenados terminen en la cárcel. El Código Penal establece la posibilidad de que el juez permita no entrar en la cárcel a conductores que hayan sido condenados a menos de dos años de prisión siempre y cuando no tengan antecedentes penales.

Ojo, que esto no significan que todos los condenados a menos de dos años sin antecedentes se libren de su paso por prisión, la decisión queda en manos del juez. Y aunque es cierto que es una práctica extendida, no siempre se aplica.

El homicidio imprudente está castigado con penas de prisión de entre uno y cuatro años. Significa esto que el juez puede elegir en ese tramo la condena que impone al autor de los hechos. Ahora bien, en 2007 se decidió que cuando la muerte era consecuencia de un delito de tráfico (algo que sucede en el 14% de los fallecidos viales), el juez tendría que impone una pena superior a la mitad superior de la pena, esto es, 2,6 meses. De esta forma se consigue que nadie que, por ejemplo, ocasione un atropello con resultado de muerte se quede sin pasar por la cárcel.

De las cerca de 650.000 sentencias condenatorias que se dictaron entre diciembre de 2007 y abril de 2017, el 60% fue por consumo de alcohol y drogas. Por detrás se sitúan los delitos por circular sin permiso de conducir (27%), provocar un grave riesgo para la circulación (7%)y negarse a hacer un test de drogas o alcohol (3,5%).

Estos son los delitos relacionados con el tráfico rodado que te pueden llevar a la cárcel:

Delito independiente de omisión del deber de socorro. Las penas oscilarán entre 3-6 meses de prisión si el accidente es fortuito y 2-4 años si es resultado de una imprudencia.

Imprudencias graves que causan un accidente: La pena de prisión es de hasta seis 6 años, si en el siniestro fallecen dos personas o hay un muerto y un herido grave. Sin embargo, cuando en el accidente haya múltiples fallecidos -cosa a dictaminar por un juez- la nueva pena máxima de prisión por un delito de tráfico queda establecida en 9 años de cárcel. A estos se podrían sumar los 4 años por omisión del deber de socorro en el caso de que esto sucediera, llegándose a los 13 años de prisión en un caso tan extremo.

Exceso de velocidad. Superar la velocidad permitida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas. Penas de entre tres y seis meses de cárcel. Además de multa de tres a seis meses (pago de una cuota diaria que se suele establecer en función del poder adquisitivo del conductor, trabajos de ayuda a la comunidad durante un período comprendido entre 30 y 90 días y la retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años.

Consumo de alcohol y drogas al volante. Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida puede ser infracción o delito. Si la cifra en aire espirado supera los 0,60 mg/l o si se conduce bajo los efectos de drogas y estupefacientes, la sanción es de tres meses de cárcel. Además se paga multa de seis a 12 meses, trabajos de ayuda a la comunidad durante 31/90 días y retirada del permiso entre uno y cuatro años

Conducción temeraria. Se entiende por tal conducir con temeridad manifiesta. Aquí hay diferentes consideraciones: Conducir a velocidades o con tasas de alcohol superiores a las consideradas como delito. En estos casos la pena de prisión oscila entre seis meses y dos años, más la retirada del permiso de conducir entre uno y seis años.

Conducir con desprecio manifiesto a la vida de los demás eleva la pena mínima de prisión a dos años y la máxima a cinco años. Además, en estos casos se requisa el vehículo y el conductor se enfrenta a una multa de entre 12 y 24 meses y la retirada del permiso de conducir hasta 10 años. Sería, por ejemplo, el caso del conductor kamikaze que provocó un grave accidente.

Conducir de forma temeraria pero sin poner en peligro la vida de terceros conlleva penas de cárcel de uno a dos años, multa de seis a 12 meses y retirada del permiso de seis a 10 años. El vehículo con el que se ha cometido la infracción es requisado.

Negarse a pasar un control. Si la Guardia Civil te da el alto y te niegas a realizar el test de alcohol o drogas estarás cometiendo un delito que se castiga con penas de entre seis meses y un año de cárcel. También te pueden retirar el carnet hasta cuatro años.

Crear riesgo para la circulación. Este delito es bastante más difícil de definir pero si los agentes de tráfico consideran que tu comportamiento supone un riesgo para la circulación te pueden acusar de un delito de tráfico que te puede llevar a la cárcel entre tres y seis meses. Quizá de esto te libres, pero no del pago de una multa durante uno o dos años y de realizar trabajos de ayuda a la comunidad durante un tiempo comprendido entre 10 y 40 días.

Conducir sin carné. Perder todos los puntos del permiso o conducir después de que un juez te haya prohibido hacerlo es un delito (aquí tienes un práctico para saber cuántos puntos te quedan). También lo es ponerse al volante de un coche si nunca te has sacado el permiso o si el tuyo ha perdido la vigencia. La pena es de cárcel entre seis meses y dos años, el pago de una multa hasta dos años y trabajos de ayuda a la comunidad entre 31 y 90 días.

 

 

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