18 diciembre 2024

Sólo las actividades esenciales podrán trabajar hasta el 9 de abril

Entre el 30 de marzo y el 9 de abril tan solo se permitirá actividad laboral en las empresas y trabajos considerados esenciales en toda España, según ha anunciado este sábado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. En lo que a Huelva respecta, la actividad agrícola y pesquera no se verá afectada, como tampoco la de las grandes industrias, por lo que será la construcción, que hasta ahora venía trabajando, la que se verá paralizada junto a otros profesionales que no tengan negocios que suministren a las empresas que podían estar abiertas tras la declaración del estado de alerta.

El gobierno toma de esta forma la decisión de dar una vuelta de tuerca más en su lucha contra la expansión del coronavirus, cuyo número de afectados no deja de subir día tras día. Será en un Consejo de Ministros, convocado para este domingo, cuando tendrá lugar la aprobación de la medida, que supone un paso más en la declaración del estado de alerta.

Sánchez ha manifestado que “esta medida reducirá, aún más, la movilidad de personas, disminuirá el riesgo de contagio y nos permitirá descongestionar las UCI”. Hasta este domingo no se conocerán los detalles de la medida, pero supondrá la práctica paralización de sectores industriales no esenciales en la cuarta economía de la zona euro.

Las empresas que estén teletrabajando lo continuarán haciendo, pero actividades como la construcción se van a paralizar completamente, con el único objetivo de rebajar la movilidad a los niveles que hay los fines de semana.

El presidente tranquilizado a los trabajadores afectados indicando que estos días serán como un permiso retribuido por lo que “continuarán recibiendo su salario con normalidad”. Una vez que finalice la emergencia sanitaria, los empleados recuperarán las horas de trabajo no prestadas de manera paulatina hasta final de año.

En principio, solo podrán trabajar actividades que tengan relación con el abastecimiento de establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías.

Las empresas que producen o trabajan para suministrar productos y servicios a los servicios enumerados son las únicas que podrán seguir operando. Entre ellas está el sector primario, con la producción agrícola, ganadera y la pesca, así como la fabricación de ropa de trabajo o de productos farmacéuticos, y todas las vinculadas con el transporte y distribución de todos los productos básicos.

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