27 julio 2024
Registrarse / Unirse
Festival de Isla Canela

El bar que negó la entrada a los jóvenes chinos puede ser clausurado un mes

FACUA-Consumidores en Acción advierte de que el bar de copas de Huelva que impidió la entrada a cinco estudiantes chinos este fin de semana puede ser clausurado durante al menos un mes, ya que prohibir el acceso por raza o nacionalidad supone una infracción grave de la normativa andaluza de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del pasado 1 de febrero en la capital onubense, cuando el portero de un local de ocio situado en la plaza de las Monjas se negó a permitir que cinco estudiantes de origen chino entraran en el bar con excusas como «que no llevaban los zapatos adecuados, a portar una botella de agua en la mano, o por el pantalón, o por la edad, cuando tienen entre 23 y 24 años”, tal y como han relatado algunos testigos.

La asociación indica que la denegación de acceso a estos cinco estudiantes podría suponer la vulneración del artículo 6 del Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que recoge la prohibición de establecer ninguna condición de admisión «que pueda suponer discriminación o trato desigual de acceso al establecimiento en función de la edad, sexo, nacionalidad o raza de los asistentes».

El artículo 25.1 de la misma normativa señala que el incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones que recoge supone una «infracción grave» -sancionada con multas de entre 300,51 euros a 30.050,61 euros según la el artículo 22 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía-. Además, en el caso de incumplimiento de las prohibiciones del artículo 6, el Decreto 10/2003 también establece que la sanción «llevará aparejada la suspensión de la autorización del establecimiento público y la clausura de éste por un período mínimo de un mes».

De igual forma, FACUA recuerda que un establecimiento no puede imponer ninguna condición de admisión que no haya solicitado y no haya sido expresamente autorizada por anterioridad por la Administración competente, en este caso el Ayuntamiento, tal y como recoge el Decreto 10/2003.

La asociación también indica que para situaciones de este tipo son los ayuntamientos quienes tienen las competencias sancionadoras, por lo que los afectados pueden acudir a los consistorios, al de Huelva en este caso en concreto, para presentar sus denuncias.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

PUBLICIDAD
Festival de Isla Canela
Giahsa
Puerto de huelva
Aguas de Huelva

Las cookies de este sitio web se usan para personalizar el contenido y los anuncios, ofrecer funciones de redes sociales y analizar el tráfico. Además, compartimos información sobre el uso que haga del sitio web con nuestros partners de redes sociales, publicidad y análisis web, quienes pueden combinarla con otra información que les haya proporcionado o que hayan recopilado a partir del uso que haya hecho de sus servicios. Ver detalles

ACEPTAR
Aviso de cookies
Ir al contenido